La prófuga de la Justicia Dalia López, imputada por producción de documento público de contenido falso y asociación criminal, al facilitar pasaportes al ex jugador de fútbol Ronaldinho y su hermano Roberto de Assis Moreira, seguirá con orden de rebeldía y captura nacional. Así lo resolvió el Tribunal de Apelación integrado por los jueces Bibiana Benítez, José Agustín Fernández y Gustavo Auadre al confirmar el rechazo del habeas corpus presentado por la imputada.
Los camaristas mencionaron en su resolución que “la orden de restricción de libertad de la señora Dalia López fue emanada en el marco de un proceso penal; es decir, deviene de una autoridad competente y legítima respectivamente”. Con base en las consideraciones mencionadas, se decidió confirmar la resolución del juez inferior que rechazó el habeas corpus planteado por López, quien sigue prófuga de la Justicia de nuestro país.
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Actualmente, López también cuenta con una orden de captura internacional dictada por la justicia de nuestro país. En caso de que la imputada se llegue a presentar, primero se deberá levantar la orden de rebeldía para luego realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares. El Ministerio Público solicitó la prisión preventiva de López.
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A Ultranza Py: pastor José Insfrán seguirá preso en la cárcel de Emboscada
La jueza Rosarito Montanía ratificó la prisión preventiva del pastor José Insfrán, hermano de Tío Rico, procesado por lavado de dinero en el marco del operativo A Ultranza Py. La resolución de la citada magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de revisión llevada a cabo ante la referida magistrada.
Ahora la defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que analizar y estudiar si corresponde ratificar la prisión preventiva del pastor.
Actualmente, Insfrán está privado de su libertad en la penitenciaría de Emboscada desde febrero de este año, donde por disposición de la jueza Rosarito Montanía el mismo fue trasladado a dicho lugar. En varias ocasiones su defensa pretendió nuevamente ser trasladado hasta la base de operaciones de la Senad pero dicho pedido fue negado.
Según la presente investigación del Ministerio Público, Insfrán, líder de una congregación religiosa denominada Centro de Convenciones Avivamiento, en Curuguaty, es acusado por la Fiscalía de utilizar su centro religioso en el megaoperativo de investigación denominado A Ultranza Py.
Se trata de una organización criminal del uruguayo Sebastián Marset, todavía prófugo de la Justicia y Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán, hermano del pastor, quien ya se encuentra imputado y está recluido en el penal de Viñas Cué.
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“Acción de inconstitucionalidad reúne requisitos para ser admitida”, sostiene abogada de Mousques
La abogada Margarita Heralesky, representante legal de Gisele Mousques, se refirió sobre la acción de inconstitucionalidad que presentó para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actúo en grado de apelación y dejó sin efecto la resolución del juzgado de Paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra el empresario Christian Chena y el programa RDN (Resumen de Noticias).
Heralesky señaló que “la acción de inconstitucionalidad que presentamos reúne todos los requisitos para que se pueda dar trámite y a su vez que los ministros de la sala constitucional estudien el fallo recurrido y puedan declarar la nulidad de la resolución de la jueza en lo civil Rosana Frutos, que actúo en grado de apelación y ratificar la determinación adoptada por el juzgado de paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra Chena”, indicó la citada profesional del derecho.
Agregó “es importante mencionar que la acción se presentó en tiempo y forma, así como lo establece nuestra normativa en el artículo 557 del Código Procesal Civil, habiéndose interpuesto dentro del plazo de los nueve días, partiendo de la notificación de la resolución impugnada que se agregó debidamente, así como se agregaron las copias de traslado”, señaló.
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Acotó que “en el escrito de la acción se individualiza claramente la resolución que se impugna y las normativas constitucionales infringidas que fueron varias, entre ellas la del derecho a la vida, el derecho al honor y reputación de las personas y otros”, refirió.
También se describe en la acción que la resolución recurrida carece de fundamentación, por ende debe ser declarado nulo el fallo de segunda instancia, haciendo lugar a la acción de inconstitucionalidad.
Igualmente, mencionó que el ministro César Diesel salió sorteado para ser el preopinante y estudiar la admisibilidad de la acción planteada. También, luego deberán votar sobre la admisibilidad los ministros Gustavo Santander y Víctor Ríos.
Por su parte, la abogada aseguró que el fallo dictado por la jueza Rosana Frutos que actuó en grado de apelación se apartó del objeto de debate que era establecer si existió o no violencia y si esa violencia denunciada es atribuible a los denunciados.
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Procuraduría logra restitución de G. 10.700 millones para el Ministerio de Salud
Gracias a una acción iniciada por la Procuraduría General de la República (PGR), se logró un fallo que beneficia al Ministerio de Salud y Seguridad Social. El Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, quinta sala, estableció que la Aseguradora del Este S. A. debe restituir a la institución, G. 10.703.131.886, lo que representa USD 1,486 millones al cambio actual.
La sentencia del Tribunal está enmarcado en un juicio que fue iniciativa de la Procuraduría en contra de la aseguradora debido a un incumplimiento de contrato por parte de la misma. De acuerdo a lo que explicaron, se había solicitado la ejecución de la póliza de anticipo y esto, teniendo en cuenta que la firma contratista Inforcenter S. A., no devolvió los G. 6.122.372.674 que fueron pagados por el Ministerio de Salud.
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Dicho pago realizado por la institución, se dio en cumplimiento del compromiso asumido para la contratación de un sistema integral gubernamental que el Ministerio no ha recibido hasta la fecha. Con esta acción, será restituida a la cartera los G. 6.122 millones que habían sido abonados, más los intereses que ascienden a G. 4.580.759.212. Ambos conceptos suma el total de más de G 10.700 millones.
El Ministerio de Salud Pública podrá redireccionar este monto para la construcción de centros asistenciales, equipos médicos o medicamentos para el beneficio de toda la ciudadanía, se informó desde la Procuraduría. Lo dispuesto por el Tribunal fue revocar, la S.D. n.º 306 de fecha 26 de junio de 2023, que fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del decimocuarto turno de la Capital, e impuso las costas en el orden causado en ambas instancias.
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Ratifican que empresa no puede ofrecer juegos de azar tipo apuestas deportivas
El Tribunal de Apelación integrado por los jueces Alba García, Roberto Macorito y Wilfrido Godoy ratificó la resolución de primera instancia que prohibió a la firma Montego Trading que siga ofreciendo juegos de azar (apuestas deportivas).
La resolución judicial se genera tras rechazarse una serie de chicanas interpuestas por los abogados de la empresa Montego Trading. Es más, a raíz de la gran cantidad de chicanas presentadas en el referido expediente judicial, la Corte resolvió iniciar un sumario al abogado que presentó varios incidentes al solo efecto de dilatar el caso.
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Juicio oral en puerta
El juicio oral y público para los directivos de las firmas Montego Trading SA y Crown City Online Paraguay SA, Carmen Carolina Duarte, Gerardo Bermúdez Arreola y Erik Fernando Martín Vázquez, acusados por violación a la Ley Nº 1016/97 y su modificatoria Ley Nº 4716/12 “Que establece el régimen jurídico para la explotación de juegos de azar”, se suspendió días atrás por la presentación de chicanas de parte de los acusados.
La defensa de los procesados presentó una reposición y apelación en subsidio contra la fecha del inicio del juicio oral y público fijada para este 3 de junio. El tribunal de sentencia integrado por Cándida Fleitas, Laura Ocampos y Juan Pablo Mendoza rechazó la chicana y ahora el expediente tendrá que subir al tribunal de apelación para que se pueda estudiar y rechazar la presentación hecha por la defensa de los acusados.