Madrid, España. AFP.
El capitán del Barcelona, Lionel Messi, ha sido sancionado con dos partidos de suspensión por su expulsión en la final de la Supercopa de España el pasado domingo.
La jueza única de competición ha sancionado a Messi “con dos partidos después de expulsión en la final de la Supercopa de España”, informaron fuentes de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
“El Barcelona presentará recurso a la sanción de Leo Messi”, reaccionó el club azulgrana, tras conocer el castigo a su capitán.
Messi fue expulsado en el último minuto de la prórroga de la Supercopa de España, que el Barcelona perdió 3-2 ante el Athletic Bilbao, al ver la roja directa por dar un manotazo a Asier Villalibre, probablemente llevado por la frustración.
El árbitro, que sacó la roja a Messi tras ver la jugada con el videoarbitraje, reflejó en el acta del encuentro que expulsó al capitán azulgrana por “golpear a un contrario con el brazo haciendo uso de fuerza excesiva estando el balón en juego pero no a distancia de ser jugado”.
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Opaci considera justa las modificaciones a la ley de patentes vehiculares
El Congreso sancionó sin modificaciones el proyecto de ley que plantea cambios a la ley n.° 7.447 que regula el costo del impuesto de la patente vehicular, la cual establece la nueva fórmula por la que deberán regirse las municipalidades. Desde la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci) celebraron lo resuelto por el Parlamento y aguardan el visto bueno por parte del Ejecutivo.
“Por fin pudimos culminar el ciclo en el Congreso de este proyecto que habíamos presentado la Opaci, la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y Diputados, después de una serie de reuniones para modificar nuevamente la ley n.° 7.447″, manifestó Nelson Peralta, director ejecutivo de la mencionada institución.
Para Peralta, el texto sancionado es mucho más justo, dado que deja atrás el porcentaje que estaba fijado inicialmente que ascendía 0,5% sobre el valor impositivo y que posteriormente fue modificado fijándose en el jornal mínimo diario. El porcentaje del 0,3% sobre el valor imponible que, entraría en vigencia si el presidente Santiago Peña promulga esta ley, permitiría que lo abonado por los contribuyentes se adapte a un monto cercano a lo que ya se venían pagando.
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“Se planteó que para ayudar y bajar el costo y adaptar a lo que se venía cobrando, creímos prudente que el impuesto se calcule sobre el valor impositivo, pero al 0,3%, eso haría que los vehículos más económicos estén pagando entre G. 100.000 y 170.000, pero a eso hay que cargar los costos de las tasas que las respectivas municipalidades vienen cobrando”, explicó Peralta a la 780 AM.
El valor imponible lo determina la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNIT) y será la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial la encargada de recolectar esta información y realizar el cálculo para el costo de las patentes por cada categoría de vehículos, información que a su vez será entregada a las municipalidades una vez que esta ley tenga la promulgación de la Presidencia.
“Hay un nuevo punto importante que dice que el intendente será multado por cada habilitación mal concedida con un jornal mínimo diario por cada habilitación, la responsabilidad es personal porque los jefes comunales son los responsables de lo que ocurre en su oficina”, enfatizó. Uno de los objetivos de estas modificaciones también apuntaba a evitar la fuga de contribuyentes, quienes terminaban acudiendo a otras municipalidades debido a la diferencia abismal entre comunas para el pago de patentes.
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Unificación de patentes vehiculares queda a la espera de la promulgación o veto del Ejecutivo
La Cámara de Senadores aprobó sin modificaciones el proyecto de ley que modifica los artículos n.° 1, 2 y 3 de la ley n.° 7.447/2025 que establece el régimen tributario para las municipalidades. El texto contempla que el impuesto de las patentes vehiculares será del 0.3 % sobre el valor imponible del vehículo, y se reducirá el 5 % en forma anual decreciente hasta los 10 años.
La Comisión de Legislación recomendó su aprobación sin modificaciones, dado que el mismo tiene “el objeto de subsanar los inconvenientes que ha generado con respecto al método del cálculo establecido para fijar los precios de la habilitación vehicular”, según explicó ante el pleno el senador Derlis Maidana.
Asimismo, el legislador manifestó que ante la falta de dictamen por parte de la Comisión de Hacienda, la comisión liderada por él resolvió solicitar la aprobación sin modificaciones y de esta forma, por mayoría, quedó sancionado el proyecto que fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
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El proyecto sancionado, además de establecer la base imponible, contempla la reducción anual del 5 % del impuesto durante los primeros 10 años de antigüedad del rodado y una vez transcurrido ese tiempo, el valor permanecerá invariable de acuerdo al valor fijado en el décimo año. También con esta ley, se crea el Registro Único de Rodados (Ruhr).
Esta institución será administrada por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (Antsv), entidad que tendrá la responsabilidad de emitir de forma anual el listado oficial de los valores imponibles de lo vehículos. Con estas modificaciones, se corrige la ley que entró en vigencia el pasado 6 de enero, la cual generó disconformidad debido a que el precio de las patentes se disparó en algunos municipios y en esta oportunidad, la nueva fórmula también regirá en Asunción.
El proyecto sancionado tiene como Cámara de origen a Diputados y el mismo fue consensuado con la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci), institución a través de la cual los intendentes canalizaron su disconformidad con la ley y propusieron esta nueva fórmula a la cual consideraron como más justa, puesto que equiparaba los montos entre municipalidades, evitando así la fuga de contribuyentes para este impuesto.
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Condenan a solo dos años de cárcel a distribuidor de droga
El Tribunal de Sentencia en mayoría, integrado por los jueces Olga Ruíz, Celia Salinas y Víctor Alfieri, condenó a solo dos años de cárcel con suspensión de la ejecución a Ricardo Daniel Guerrero, quien es considerado uno de los principales distribuidores de droga en el barrio San Jerónimo y que sería uno de los integrantes del clan Rotela.
Los jueces de sentencia que votaron por la leve condena son Olga Ruiz y Celia Salinas, mientras que el magistrado Víctor Alfieri voto por una condena más elevada atendiendo a la gravedad del hecho acusado.
Las magistradas en mayoría hicieron lugar a lo planteado por la defensa y cambiaron su conducta al carácter de cómplice, es decir bajo el artículo 30 del Código Penal, haciendo hincapié en su condición de adicto a las drogas, por lo que solo condenaron a dos años de cárcel.
Acusación
En la acusación, el Ministerio Público detalla que en marzo de 2023, Guerrero fue detenido en un procedimiento efectuado por agentes de la Secretaría Nacional de Antidrogas (Senad), en el barrio San Jerónimo de Asunción. Al momento de su captura tenía en su poder 262 gramos de cocaína y dinero en efectivo, totalizando 10.000.000, entre otras evidencias, las cuales sustentaron la hipótesis fiscal de que se dedicaba a la comercialización de sustancias estupefacientes.
Durante la etapa de juicio oral, el fiscal Andrés Arriola presentó todos los elementos de prueba que sustentan la responsabilidad del acusado y se pidió la pena de 7 años y 6 meses de cárcel.
El fiscal sostuvo que el argumento de adicción de la defensa no fue documentada en la carpeta por lo que llama la atención la sentencia leve del acusado. Además de la suspensión en la ejecución de la condena, el colegiado ordenó la devolución del dinero en efectivo que fue incautado al momento del procedimiento, actualmente depositado en cuenta de la Senabico.
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Imedic: Corte se debe integrar para estudiar si anulan leve condena a Justo Ferreira
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia se debe integrar para estudiar el pedido del Ministerio Público que solicitó anular los fallos de primera y segunda instancia del condenado a 3 años de cárcel, Justo Ferreira, presidente de Imedic S.A. (Insumos Médicos), quien fue encontrado culpable por el delito de contrabando por el ingreso irregular de 50 camas hospitalarias en pandemia del covid-19.
La ministra e integrante de la sala penal de la Corte, Carolina Llanes, es la única que integra la máxima instancia judicial debido a que los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia se apartaron de entender en el presente proceso penal. Igualmente, se apartaron los altos magistrados, César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander.
Ahora el expediente fue al despacho del ministro Eugenio Jiménez, quien deberá decidir si acepta integrar el presente caso. Posteriormente se tendrá que buscar otro ministro para conformar la sala penal de la Corte, que estudiará si se realiza un nuevo juicio oral contra Justo Ferreira.
El Ministerio Público pidió la nulidad de los fallos del tribunal de sentencia y del tribunal de apelación que solo condenaron a 3 años de cárcel a Justo Ferreira de la firma Imedic S.A. Solicitan e reenvío del presente caso para que otro colegiado pueda realizar el juzgamiento pertinente y se dicte una sentencia condenatoria más, atendiendo la gravedad del hecho juzgado y porque se jugó con la salud de los paraguayos durante la pandemia.
La acusación de la Fiscalía sostuvo que durante la pandemia de covid-19, Imedic debió entregar al Ministerio de Salud mascarillas con filtro, trajes para riesgos biológicos y camas manuales para pacientes, sin embargo, Justo Ferreira introdujo al país en forma irregular 50 camas hospitalarias.