Los datos proveídos desde la Direc­ción Nacional de Emprendedu­rismo del Ministerio de Industria y Comercio (MIC) muestran una tendencia auspiciosa acerca de la formación y formalización de cada vez más negocios en el sector privado. Al cierre del primer semes­tre del presente año se cuentan con cuatro­cientas noventa y dos mil quinientos uno (492.501) pequeñas y medianas empresas en el país, con el detalle no menor de que todas ellas se hallan operando en el sector formal, invirtiendo y creando empleos en el orden de prácticamente el ochenta por ciento (80 %) de la población ocupada en el país.

La llamada microempresa predo­mina en un ochenta y ocho por ciento (88 %) en el campo y en las ciudades el ochenta por ciento (80 %). Esto mues­tra una evolución favorable en los nego­cios dedicados al comercio con ciento noventa y seis mil cuatrocientos vein­tiséis empresas (196.000) seguido por los servicios que involucran a ciento sesenta y nueve mil trescientos cua­renta y dos (169.342) seguido por el sec­tor industrial con cincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y una (54.441) unidades productivas.

Estos y otros datos no se disponían con la rigurosidad que sucede a la fecha, razón por la que es posible realizar el respectivo seguimiento y tomar las deci­siones que correspondan. Resulta des­tacable en tal sentido el impulso que se viene dando a la figura del emprende­dor tan importante y necesario en toda sociedad dado que es el que arriesga sus ahorros e inversiones para ofrecer pro­ductos y servicios al público consumidor creando puestos de trabajo. Este es el camino correcto y un hecho cierto pro­movido desde los incentivos que fueron creándose desde el gobierno del presi­dente Santiago Peña, con un alentador efecto: las mipymes aumentan en canti­dad y calidad.

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Al respecto citemos a la formalización y a los empleos en la economía que sin bien resulta en una laboriosa misión, se puede decir al mismo tiempo que resulta abso­lutamente posible de llevarla a cabo. De modo a explicar las causas de estos hechos que, reiteramos, son altamente auspicio­sos para la economía nacional en su con­junto, tanto la formalización y los nuevos empleos en el sector privado, encuentran explicación en gran parte en una reciente legislación aprobada en este período gubernativo.

En efecto, la Ley n.° 7444 del año 2025 ciertamente es una legislación novel en la materia que modificó la Ley n.° 5669 de 2016 regulando a las mipymes por cate­goría de tamaño, facturación anual y el personal ocupado, independientemente de la etapa o motivación del negocio. La citada legislación se ajusta a las necesida­des de nuestro país y de nuestro tiempo. Por medio de la misma se ha dado inicio a un proceso virtuoso de estímulos correc­tos hacia el mercado de las pequeñas y medianas empresas.

Cada vez más personas desean contar con su propio negocio iniciando sus emprendi­mientos “desde abajo” como se suele decir correctamente para luego ir creciendo de a poco lo que no es fácil de lograr dado los escollos que se presentan en el camino de todo emprendimiento. Y son esos obstá­culos que la Ley n.° 7444 trata de alivia­nar apoyando a los emprendedores favo­reciendo la tan necesaria formalización de sus negocios mediante la inscripción automática con la sola obtención del regis­tro único de contribuyentes (RUC) obte­niéndose desde este paso una cédula, las mipymes digital, de emisión inmediata y gratuita.

Y no solo eso, sino que también y en caso de existir faltas que podrían ocurrir en la gestión de las mipymes las mismas en lugar de multas reciben capacitación. Se agrega otro tema de igual importancia relacionado a los beneficios impositivos por medio de la correspondiente exonera­ción tributaria durante los primeros tres años con descuentos en la expedición de la patente comercial en los respectivos municipios.

Es de destacarse, asimismo, la canali­zación de recursos para la obtención de capital operativo, inversiones y asis­tencia técnica para las mipymes en la Ley n.° 7444/2025 que facilita el acceso al crédito formal y la inclusión finan­ciera. Y en cuanto al régimen laboral se refiere, la base imponible de aportes al Instituto de Previsión Social (IPS) es del ochenta por ciento (80 %) del sala­rio mínimo legal durante los primeros treinta y seis meses (36) para trabajado­res y propietarios de micros y pequeñas empresas.

La figura del emprendedor, el que todos los días con su perseverante labor dinamiza la economía con productos, servicios y pues­tos de trabajo, está siendo valorizado en nuestro país como nunca antes.

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