• Víctor Pavón (*)

El artículo 92 de la Constitución Nacional (CN) establece el “salario vital mínimo”. Desde su implementación, las normativas fueron modificando el monto correspondiente en concepto de salario obligatorio.

El texto constitucional, sin embargo, no dice que esta práctica tenga que constituirse en un problema en el mercado laboral. En efecto, el salario mínimo obligatorio por encima de la productividad expulsa a miles de personas hacia la informalidad, violando la libre contratación garantizada en nuestra CN.

La aplicación incorrecta del texto constitucional elevó el costo laboral a más del 25 por ciento a la fecha. Los trabajadores pagan el 9 por ciento (el neto percibido es menor) y los empleadores el 16,5 por ciento, en concepto de seguridad social.

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El costo laboral del 25,5 por ciento en un país con baja inversión per cápita nominal de no más de 6 mil dólares produce irremediablemente dañinas consecuencias. El costo es elevado con el agravante que la retribución por la seguridad social no se corresponde con los multimillonarios aportes.

En ninguna parte de nuestra ley fundamental se establece la imposibilidad de acuerdos contractuales libres y voluntarios entre las partes. El artículo 86 de la CN dice que los habitantes “tienen derecho a un trabajo libremente escogido”. Es de tomarse en cuenta que en el ámbito jurídico laboral el trabajo implica la contraprestación de un salario.

De igual manera, el artículo 107 de la CN dice que “toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia”, garantizándose “la competencia en el mercado”, lo que también incluye al laboral. Fue así que a lo largo de estos años en vez de aumentar el empleo formal, aumentó la informalidad que, por cierto, no significa directamente desempleo.

Para el profesor Ronald Coase, Nobel de Economía, las leyes acarrean costos. En su libro más influyente, “El problema del costo social”, Coase argumenta sobre los costos de negociar y hacer contratos, imposibilitando respuestas más eficientes si las personas actuaran de acuerdo a su propio discernimiento, intención y libertad.

Con el salario mínimo obligatorio –que actúa como un precio mínimo por encima del mercado– se logra lo contrario de lo que se pretende: aumenta el desempleo y la informalidad especialmente entre aquellos que aún no cuentan con la suficiente preparación, experiencia y conocimientos, esto es, entre los jóvenes, también castigados por la falta de acceso al crédito. Corregir este problema requerirá una mirada económica constitucional como nunca se ha hecho.

(*) Presidente del Centro de Estudios Sociales (CES). Miembro del Foro de Madrid. Miembro del Consejo Internacional de la Fundación Faro. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado”: “Cartas sobre el liberalismo”; “La acreditación universitaria en Paraguay, sus defectos y virtudes” y otros como el recientemente publicado “Ensayos sobre la Libertad y la República”.

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