La diputada Esmerita Sánchez instó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a que se realice una auditoría de gestión sobre las causas de abusos sexuales en niños, niñas y adolescentes existentes en todos los juzgados de la República del Paraguay. El objetivo de esta auditoría es que se pueda dar celeridad al estudio de los expedientes.
La legisladora destacó que las cifras registradas por la policía nacional son preocupantes y van en aumento, motivo por el cual se necesita conocer la situación de los casos con los que cuentan los juzgados. También solicitó al nuevo fiscal general que se interiorice de la situación, ayudando así a que las víctimas no sean desamparadas por la justicia.
“En nuestro país seguimos manteniendo cifras alarmantes de casos de denuncias de abuso sexual; el año pasado la fiscalía general registró 3.800 casos de víctimas de abuso sexual, lo que representa alrededor de 10 víctimas por día”, remarcó Sánchez.
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Esmerita Sánchez lamentó que el porcentaje de denuncias realizadas que llegan a las instancias de juicios sean tan bajas, dejando entrever la falta de seguimiento de estos casos. “Muchos fiscales no llevan a cabo las acciones mínimas tras las denuncias generadas por los familiares o la propia víctima, por lo que existen casos en donde no existe imputación y, mucho menos, medida cautelar u orden de detención contra los agresores”, sentenció.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos reveló datos estadísticos que informan que los departamentos que más enfrentan casos de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes son Central, Alto Paraná, Itapúa, Caaguazú y Asunción, reprochando que no se aplique la Ley Nº 6202, que adopta normas para la prevención del abuso sexual y la atención integral de los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual por las autoridades pertinentes.
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Pornografía infantil: quien recibe la imagen también se expone a enfrentar a la Justicia
Durante el operativo denominado “Cyberlight” las agentes fiscales Diana Gómez y Zunilda Ocampos Marín llevaron a cabo allanamientos simultáneos en la ciudad de Capiatá y Ciudad del Este como parte de una investigación relacionada con pornografía relativa a niños y adolescentes.
Es fundamental recordar que tanto la persona que realiza y distribuye videos o fotografías con contenido pornográfico como quien la recibe se exponen a enfrentar a la justicia con diferentes penas privativas de libertad.
Los agentes del Departamento Especializado en Cibercrimen de la Policía Nacional, que acompañaron las intervenciones, lograron incautar dos teléfonos celulares que se utilizaban para la creación y distribución de materiales de contenidos íntimos a través de las redes sociales.
Según el informe de los intervinientes, los sindicados como autores de estas producciones pornográficas y su distribución serían dos adolescentes, uno de 12 años y otro de 13, que, protegidos por la legislación, no podrán ser imputados hasta los 14 años de edad.
No obstante, las investigaciones en torno a la distribución y la red de personas que pudieron haber recibido estos contenidos continúan, de manera a frenar la proliferación de este tipo de contenido sensible, que atañe a su vez también a menores de edad.
Desde el Departamento Especializado en Cibercrimen de la Policía Nacional destacaron que este tipo de hechos cuentan con una prioridad investigativa importante teniendo en cuenta la victimología y por sobre todo, la rápida distribución de este contenido tanto en plataformas nacionales como internacionales.
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Fiscalía dice que es prematuro sacar conclusiones definitivas
El Ministerio Público, encabezado por Emiliano Rolón Fernández, emitió ayer viernes un comunicado afirmando que resulta prematuro sacar conclusiones sobre si el fallecido diputado y dirigente de Amambay Eulalio “Lalo” Gomes Batista disparó o no contra los efectivos policiales durante el allanamiento en su vivienda en la madrugada del lunes 19 de agosto, en el marco del operativo Pavo Real II.
“Las evidencias deben ser evaluadas en forma conjunta y armónica, conforme el artículo 175 del Código Procesal Penal. Para ello serán determinantes los resultados de informes técnicos, pericias, testimonios y otras diligencias aún pendientes”, indica.
Añade que “serán determinantes las diligencias pendientes. El elemento invocado, según la difusión, deberá observar dicho proceso de integración, por lo que es prematuro intentar conclusiones definitivas, que solo enervarán el normal proceso de la investigación”.
El posicionamiento de la Fiscalía surge a raíz de las disparidad en los informes dados a conocer por el Ministerio Público y la Dirección de Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) sobre las pruebas balísticas practicadas a Gomes.
INFORME DE LA UNA
De acuerdo al informe de la UNA se encontraron valores de plomo, bario, antimonio en los brazos y manos del legislador. Los valores en el brazo izquierdo de plomo ascienden a 139, bario a 237, antimonio a 11,4. En la mano, los índices de plomo son 224, bario 277 y antimonio 21,5.
En cuanto al brazo derecho, el plomo es menor a 5, la detección de bario es de 258 y antimonio menor a 10. En la mano, el plomo hallado fue de 120, bario 332 y antimonio menor a 10. Esto demuestra la presencia de residuos de disparos de arma de fuego y fueron hallados a partir de las muestras de hisopos tomados luego del allanamiento en su vivienda en Amambay, que derivó en el fallecimiento de Gomes.
“El Ministerio Público garantiza objetividad y basará los requerimientos en las constancias emergentes de la investigación, según las reglas del debido proceso, que su vez, es el norte del Estado de derecho, premisa fundamental del modelo constitucional vigente”, sostiene el documento firmado por Rolón.
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Informe de CGR expone el apuro fiscal para blanqueo a Bataglia
El Ministerio Público decidió desestimar una denuncia por daños patrimoniales estimados en más de G. 1,5 billones sin haber tomado en cuenta todos los elementos detectados por la Contraloría General de la República (CGR). Los fiscales encontraron documentos respaldatorios por menos de la mitad del monto denunciado.
Un detallado informe basado en la auditoría realizada por la CGR al IPS deja aún más al descubierto el apuro de la Fiscalía por blanquear al extitular del ente previsional Vicente Bataglia. El mismo documento que fue remitido al Ministerio Público, cuyos fiscales desestimaron a las apuradas una denuncia sobre el caso, revela datos que no fueron tenidos en cuenta por los agentes.
En concreto, la CGR remitió varios informes de auditoría que revelaron posibles daños patrimoniales por más de G. 1,5 billones, aproximadamente USD 130 millones. Sin embargo, de forma sorpresiva, la Fiscalía solicitó la desestimación de la denuncia contra Bataglia. Darío Ortega, director jurídico de la CGR, aseguró que el Ministerio Público no tuvo en cuenta todos los documentos o que incluso se tomaron elementos que no forman parte de la denuncia para el pedido de desestimación.
Los agentes fiscales encontraron documentos que respaldan pagos por G. 350.000 millones (USD 50 millones). La denuncia era por G. 1,5 billones (USD 130 millones). O sea dejó de averiguar entre 80 y 90 millones de dólares sin tener la documentación”, dijo Ortega días atrás al canal GEN.
El equipo de investigación de Nación Media accedió a los informes comparativos entre las auditorías y el pedido de desestimación presentado por la Fiscalía, dando inicio hoy a una serie de varias entregas sobre las groseras omisiones realizadas por los representantes del Ministerio Público.
UNO DE VARIOS EJEMPLOS
Uno de los varios puntos utilizados por la Fiscalía para el pedido de desestimación de la causa contra Bataglia tiene que ver con un millonario crédito otorgado al IPS por un banco local.
En concreto, el informe final de la CGR sobre el IPS concluyó que había una discrepancia significativa entre el monto de la línea de crédito aprobada por la Resolución del Consejo de Administración y el pagaré firmado con la entidad financiera.
La auditoría encontró que, aunque se aprobó un préstamo de G. 50.000.000.000, el pagaré inicial se emitió por G. 65.379.679.514, incluyendo intereses y otros montos adicionales. Esto levantó dudas sobre la transparencia y la adecuada gestión de los fondos del IPS, sugiriendo posibles riesgos legales y financieros.
La Fiscalía argumentó que el contrato y el pagaré original, aunque por un monto mayor, habían sido aclarados y corregidos. En agosto de 2023, meses después de la auditoría y del cierre del ejercicio fiscal 2022, se realizó un intercambio de pagaré, corrigiendo el monto a G. 50.000.000.000 más los intereses compensatorios. Según la Fiscalía, esto subsanó la discrepancia señalada y, por lo tanto, no justificaba una investigación penal, ya que la corrección había sido formalizada.
Sin embargo, la propia Fiscalía reconoció en la argumentación del pedido de desestimación la existencia de las irregularidades detectadas por la Contraloría. Aunque el pagaré fue corregido, la modificación se realizó después del cierre del ejercicio fiscal 2022 y en la etapa final de la auditoría. Esto confirma la observación inicial de la CGR: la discrepancia existió y representó un riesgo real para el IPS y sus asegurados.
Fuentes del órgano extrapoder señalaron, sin la intervención y observación de la auditoría, que el IPS podría haber enfrentado graves consecuencias legales y financieras en caso de incumplimiento de pago. La CGR subrayó que el cambio de documentos no exime a los responsables del IPS de sus acciones u omisiones previas, las cuales comprometieron la transparencia y la gestión adecuada de los fondos
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Corte da trámite a acción de inconstitucionalidad de navegantes contra el IPS
La Corte Suprema de Justicia (CJS) otorgó la admisibilidad del estudio de la inconstitucionalidad planteada por un grupo de 26 navegantes que apuntan a percibir a una jubilación que está por encima de lo que contempla la Carta Orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS). Desde la previsional, aclararon que esto no significa que los extrabajadores marítimos ya vayan a percibir los haberes solicitados.
“Lo llamativo es que un grupo de 5 navegantes planteó la acción de inconstitucionalidad y la Corte le rechazó, lo mismo con otros dos navegantes, sin embargo, con los mismos argumentos de la misma resolución, a 26 navegantes sí le concedió la admisibilidad. Estamos estudiando cuál fue el criterio para que la Corte le diga que no a dos grupos, pero le diga que sí los 26″, expuso Vanessa Cubas, gerente de Prestaciones Económicas del IPS.
El IPS está elaborando una estrategia que apunta a plantear un recurso de reposición para dejar sin efecto la admisibilidad y rechazar in límine la resolución que data del 2016, la cual fue favorable para los navegantes. Lo que busca el instituto según explicaron, es que se anule dicha sentencia y que se vuelva a juzgar, dado que la previsional no fue parte del debate y no pudo argumentar ante la Corte el porqué no correspondía el pago solicitado por los trabajadores marítimos.
La Carta Orgánica del IPS contempla que no se pueden pagar haberes por encima de los 10 salarios mínimos, lo que equivale actualmente a G. 29 millones. La pretensión de los navegantes es cobrar sus haberes por el monto que aportaron, lo que superaría ampliamente este tope reglamentado en la previsional.
“No es cierto que está habilitado para que ellos cobren, no es cierto que acá esto favorable para ellos y perjudicial para el IPS, es un simple trámite. Por el momento están cobrando de acuerdo a la Carta Orgánica”, dejó en claro Cubas ante la 1080 AM.
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El caso
En el 2013, 129 trabajadores marítimos plantearon una acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Carta Orgánica que hablan sobre el tope máximo para el pago de haberes. Los navegantes argumentaron que ellos abonaron mucho más y querían jubilarse de acuerdo al salario que aportaron.
Tres años más tarde, en el 2016, se dictó una sentencia en contra del IPS y favorable para los demandantes y recién en el 2020 la previsional solicitó la nulidad de esta resolución. En el 2023 se dictó la caducidad en la acción de nulidad promovida por el IPS, la cual fue apelada y la Cámara dio la razón a la previsional.
Se emitió una resolución donde se establecía la prohibición de innovación, es decir, dispuso que no se le iba a otorgar una jubilación por encima de los valores establecidos en el marco legal, hasta que se resuelva el fondo de la cuestión.
Contra esa resolución los navegantes marítimos plantearon una acción de inconstitucionalidad, pero lo hicieron en tres grupos, a dos de estos les fue rechazado por parte de la Corte, sin embargo, tuvo la admisión de estudio para un grupo de 26 personas, lo cual es sorpresivo para la previsional.