El diputado por la Asociación Nacional Republicana Hugo Ramírez presentó ante la Comisión Permanente del Congreso una solicitud de convocatoria a sesión extraordinaria en la Cámara de Diputados para el tratamiento del proyecto de ley “Que modifica el artículo 123 de la Ley N° 1.328/98 - De derecho de autor y derechos conexos”.
El parlamentario fue tajante al indicar que el objetivo es “enterrar este proyecto”, teniendo en cuenta el mismo atenta contra varios artículos de la Constitución Nacional, además de mencionar que “los autores y creadores ya tienen cómo cobrar sus regalías y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) ya impone como tributo el 10%, a destinarse a una asociación privada de músicos e intérpretes”.
Cabe recordar que el documento en cuestión pretende agregar los incisos a, b, y c, al punto 3 del artículo 123 de la Ley N° 1328/98, por iniciativa de la Asociación de Intérpretes y Ejecutantes (AIE). Asimismo, establece que cuando el artista no haya fijado contractualmente su remuneración, esta será de 10% del monto total que abonen los clientes a los proveedores de contenidos de internet y que la recaudación será de gestión colectiva obligatoria; mientras que el porcentaje deberá ser retenido por las entidades bancarias, empresas de telefonía y otras que actúen como agentes de percepción.
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Además, menciona que esta retención debe ser liquidada y transferida por las entidades agentes de retención, a la sociedad de gestión colectiva que agrupa a dichos artistas o a la persona jurídica, según la normativa.
La propuesta del diputado Ramírez es que la Comisión Permanente convoque a una sesión extraordinaria de la Cámara Baja para el día jueves 26 de enero, pero esto deberá ser estudiado y aprobado por dicho bloque en su próxima reunión ordinaria, que se desarrollará el miércoles 25 de enero.
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Plantean modificar ley de la tercera edad para incluir a personas con discapacidad severa
El diputado Roberto González presentó esta semana un proyecto de ley que busca modificar seis artículos de la ley que establece la pensión universal para adultos mayores, con el objetivo de extender este beneficio a las personas con discapacidad severa, independientemente a su edad.
La iniciativa plantea modificar los artículos 3°, 7°, 8°, 10, 12 y 17 de la Ley N° 7322/2024, ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
La propuesta legislativa surge como respuesta a lo que el parlamentario considera una “omisión significativa” en la ley original, que dejó desprotegida a una población vulnerable que enfrenta barreras importantes para su inclusión social y económica.
Según la exposición de motivos la Ley 7322/2024 nació con el propósito de otorgar un ingreso económico mensual equivalente al 25% del salario mínimo, a personas vulnerables que, por su edad o condición física, no pueden acceder al mundo laboral.
“La mencionada ley no contempla a personas con discapacidad severa de cualquier edad, dejando desprotegida a una población vulnerable que aparte de las carencias y dolencias físicas, debe sobrellevar costosos tratamientos médicos”, argumenta el diputado en su escrito de presentación.
Agrega que el proyecto encuentra sustento en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, ratificada por Paraguay, que en su artículo 28 establece el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado, incluyendo acceso a protección social.
Refiere, igualmente, que el documento se apoya en el artículo 25 de la Constitución Nacional, que reconoce específicamente los derechos de las personas con discapacidad, y busca garantizar el principio de vida digna consagrado en la Carta Magna.
Principales modificaciones
Algunas de las modificaciones incluyen la incorporación de las personas con discapacidad severa certificadas por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Sinadis), como beneficiarias de la pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo, independientemente a la edad.
Además, crea el “Fondo de Pensión a Personas con Discapacidad Severa” como complemento al fondo existente para adultos mayores. Así como establece que el Ministerio de Economía y Finanzas debe crear un objeto de gasto específico para el pago de pensiones tanto a adultos mayores como a personas con discapacidad severa.
Mantiene las mismas restricciones para acceder al beneficio, excluyendo a quienes reciban remuneraciones del sector público o privado, contribuyan al Impuesto a la Renta o posean más de 30 cabezas de ganado.
González argumenta finalmente que la medida no solo promoverá la inclusión social, sino que también aliviaría la carga económica de las familias que cuidan personas con discapacidad severa.
Otro proyecto similar
Es importante mencionar que también existe otro proyecto que persigue el mismo fin, que fuera presentado por un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica el artículo 3º de la Ley N° 7322/2024 ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
Este proyecto establece que las personas con discapacidad severa, constatadas y certificadas por la Sinadis, podrán acogerse a los beneficios de la presente ley a los sesenta años de edad.
Por otro lado, estipula y aclara que para acogerse a este beneficio bastará que el postulante tenga un grado de discapacidad igual o superior al 50% (cincuenta por ciento).
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Postergan por 8 días propuesta de modificación del Estatuto del Futbolista profesional
La Comisión de Legislación de la Cámara de Senadores analizó en la fecha el proyecto de Ley que plantea varias modificaciones a la Ley 5322/2014 que establece el “Estatuto del Futbolista Profesional”. La propuesta quedó postergada por 8 días, a fin de trabajar un texto consensuado y escuchar las consideraciones de los Futbolistas Asociados del Paraguay.
De hecho, esta mañana, los legisladores recibieron en audiencia a representantes de la Secretaría Nacional de Deportes, de la Asociación Paraguaya de Fútbol y de Futbolistas Asociados del Paraguay.
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Al respecto, el presidente de la mesa asesora, el senador Derlis Maidana, explicó que existe un acuerdo total por parte de la Asociación Paraguay de Fútbol, así como de la Secretaría Nacional de Deportes; sin embargo, futbolistas agremiados del Paraguay, solicitaron la postergación a fin de lograr un mayor consenso.
“El próximo viernes en la Casa del Deportista, en la Secretaría Nacional de Deportes, tienen previsto una reunión, estarán estudiando el proyecto y quieren hacer algunas objeciones y sugerencias de inclusión, como el seguro médico del futbolista, la idea es unificar los contratos escritos. Quieren que se extienda también a la división de honor, intermedia y demás categorías”, explicó el legislador.
Resaltó que en general están de acuerdo con la propuesta de modificación, pero buscan adecuar esta próxima ley que se busca sacar, a la legislación vigente de la FIFA.
Ley de Criadazgo
Por otra parte, Maidana informó que la comisión analizó el proyecto de Ley que Garantiza el derecho de niños, niñas y adolescentes a la protección ante el Criadazgo. La propuesta cuenta con media sanción de Diputados.
La iniciativa tiene dictamen positivo, pero incluye algunas modificaciones. La propuesta será analizada en la fecha por el plenario durante la sesión extraordinaria de esta tarde.
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Diputados evaluará proyecto que busca mayor control del financiamiento político
El plenario de la Cámara de Diputados analizará este martes de mayor el proyecto de ley que modifica algunos artículos del Código Electoral, con el objetivo de introducir importantes cambios al régimen actual de financiamiento de las campañas políticas.
La iniciativa busca mejorar los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para partidos, movimientos internos y candidatos.
El proyecto plantea modificar los artículos 64 inciso a), 66 y el 278 inciso b) de la Ley Nº 834/1996, ‘Que establece el Código Electoral vigente, en respuesta a una creciente preocupación por la transparencia en el uso de fondos durante los procesos electorales y a las dificultades operativas que han enfrentado las nucleaciones políticas a raíz de la normativa vigente, según la exposición de motivos.
El documento agrega que, si bien la legislación actual establece controles, estos resultan en muchos casos, excesivamente, complejos o poco accesibles para las agrupaciones políticas, en especial durante las elecciones internas.
Entre los principales cambios propuestos respecto a la legislación actual, se destacan:
Reconocimiento anticipado de movimientos internos: La actual ley no contempla un proceso previo de reconocimiento de los movimientos internos antes de la inscripción de candidaturas. El proyecto propone formalizar esta etapa, permitiendo a los movimientos gestionar de manera anticipada su identificador tributario y cuenta bancaria.
Digitalización de declaraciones: Se propone que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC), como la Declaración de Intereses Económicos Vinculados (DIEV) se presenten, únicamente, en formato digital ante los organismos de control, reduciendo el uso de papel y facilitando su análisis.
Presentación individual por candidato: A diferencia del esquema actual, en el que los movimientos presentan declaraciones de forma general, la modificación exige que cada candidato presente su propia DIGC y DIEV, incluso detallando su participación en sociedades o inversiones económicas.
Mayor transparencia y fiscalización: El nuevo texto prevé la publicación obligatoria, en un plazo de diez días hábiles, de todas las declaraciones e informes recibidos en el portal del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Además, se establece la conformación de una unidad especializada de fiscalización que verificará la veracidad y autenticidad de los documentos.
Obligaciones bancarias claras: La apertura de cuentas únicas en instituciones financieras, establecida en el artículo 278, se refuerza en el proyecto con plazos específicos. Las entidades deberán habilitar las cuentas en un máximo de 48 horas y justificar por escrito cualquier negativa. La omisión podrá ser sancionada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.
Sanciones más severas: En caso de comprobarse la falsedad en la declaración de ingresos, el proyecto contempla la suspensión de la participación del candidato por diez años en cualquier tipo de elección, una medida que no figura en la normativa vigente.
Actualización institucional: Se sustituye la mención a la Subsecretaría de Estado de Tributación por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), como organismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en los controles financieros.
Los proponentes aseguran que la iniciativa no busca eliminar los mecanismos de control establecidos por el TSJE, sino más bien adecuarlos a las nuevas necesidades administrativas y tecnológicas.
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Senado aprobó la regulación de las concertaciones políticas
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó ayer miércoles con modificaciones el proyecto de ley que plantea la regulación de las concertaciones políticas, que son entendidas como alianzas o acuerdos temporales entre partidos y movimientos con el fin principal de postular candidatos en elecciones nacionales, departamentales y municipales. Con estos cambios, la iniciativa vuelve a la Cámara de Diputados.
Durante el tratamiento de este proyecto fue utilizado como texto base el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que recomendó corregir algunos puntos que tienen que ver con lagunas en la legislación actual respecto al uso de los padrones electorales para las internas de las concertaciones.
El senador Derlis Maidana explicó para La Nación/Nación Media que el proyecto busca la modificación de la Ley n.º 3212/2007, ampliando el Código Electoral y regulando las concertaciones políticas, figura creada para permitir a los partidos y movimiento políticos unirse para la postulación de candidatos a elecciones nacionales, departamentales y municipales.
“Este proyecto tiene como objetivo establecer un marco jurídico claro y transparente que permita a las concertaciones operar dentro de los límites legales, fortaleciendo la democracia y la representación política”, señaló el legislador. “Reconoce la naturaleza jurídica de las concertaciones como organizaciones políticas temporales, formadas por acuerdos entre partidos o movimientos; además, regula la constitución y los requisitos para las concertaciones nacionales, departamentales o municipales, y establece los requisitos para su inscripción y el registro de candidatos”.
En cuanto a las modificaciones incluidas por el Senado, el documento “también corrige una laguna en la legislación actual respecto al uso de los padrones electorales para las internas de las concertaciones, definiendo que estos serán elaborados a partir de los registros de los partidos políticos que componen la concertación”.
Agregó que esto busca evitar el uso indebido de datos personales y garantizar la transparencia en el proceso. Finalmente, se menciona que el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) revisó el proyecto y no tiene objeciones al respecto. Mientras, tanto desde el sector de la oposición, se mostraron en contra de esta iniciativa sobre el uso del padrón nacional para sus internas.
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Datos claves
- El proyecto inicial, presentado por el diputado José Rodríguez, fue modificado por el Senado y vuelve a la Cámara Baja.
- La iniciativa busca regular las concertaciones políticas para las elecciones.
- El proyecto corrige una laguna en la legislación actual respecto al uso de los padrones electorales para las internas de las concertaciones.