La Cámara de Senadores decidió postergar por ocho días el tratamiento del proyecto de ley que plantea el control de las tabacaleras y clubes deportivos por la Seprelad. La propuesta fue modificada por Diputados, ahora depende del estudio del Senado.

Una mayoría del Senado había aprobado la normativa textualmente idéntica a una versión que Diputados había enviado al archivo, en esta también se modifica los artículos 13, 25 y 28 de la Ley 1015/97 contra el lavado de activos. De esta forma se incluye a tabacaleras y clubes deportivos como sujetos obligados de control.

Las modificaciones que se incluyeron en la versión Cámara de Diputados a esta propuesta, se dieron en el artículo 13°, donde establecen como sujetos obligados, y en el inciso O), sobre las empresas dedicadas a la producción o importación del tabaco, cigarrillos, vapeadores y similares.

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La Seprelad había considerado que la norma incurriría en una “superposición legal” en el caso de que se llegara a aprobar el mecanismo legislativo, porque argumentaba que existen normativas vigentes que regulan el trabajo de ese tipo de entidades privadas. Para los referentes parlamentarios, la nueva postura tiene un alto contenido político porque se registra en un año eminentemente electoral para hacer frente a sus adversarios políticos.

La ley establece como órgano supervisor natural al Ministerio de Industria y Comercio (MIC), además de exceptuar a los productores agrícolas tradicionales, también se hace mención a los clubes deportivos, para las disciplinas profesionales. Incluyendo a las uniones, federaciones, confederaciones y asociaciones de las distintas modalidades deportivas profesionales.

Por último, se menciona a las personas físicas o jurídicas que se dediquen de manera habitual a la intermediación financiera y al comercio de contratos deportivos profesionales.

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