El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recuerda que este sábado se inicia el periodo de entrega de padrones electorales de los partidos, movimientos políticos y concertaciones, con miras a los próximos comicios municipales. La presentación deberá hacerse en medios magnéticos para la certificación correspondiente, cuyo plazo fenece el 13 de abril.
Así también, el 13 de abril es el tiempo límite para presentar informes de las renuncias de candidaturas, a los efectos de su exclusión del software oficial de votación. La comunicación se debe realizar vía nota al TSJE.
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En tanto que entre el domingo 4 y el viernes 23 de abril del 2021, conforme al artículo Nº 352 de la Ley Nº 834/96, es el periodo para el cruce de padrones de los partidos, movimientos políticos y concertaciones. Este trabajo está a cargo de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del citado organismo electoral.
Siguiendo con el cronograma electoral, del 5 al 28 de abril es el periodo de devolución de los padrones certificados en medio magnético a los partidos, movimientos políticos y concertaciones.
Por último, la Justicia Electoral comunica que a partir del 12 de abril al 19 de junio se llevará a cabo la preparación de máquinas de votación, diseño, elaboración, distribución de los materiales, documentos y útiles electorales para las elecciones internas simultáneas de las organizaciones políticas.
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“Paraguay, uno de los países más controlados”
El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), César Rossel, se refirió acerca de las labores desarrolladas en la institución, detallando los avances institucionales incorporados. “Paraguay es uno de los países más controlados en elecciones”, afirmó, destacando los constantes progresos del TSJE.
“Siempre trabajamos en fortalecer la política. Ahora cambiamos los registros electorales para volverlos a centros cívicos; estamos trabajando con el Registro Civil, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Educación, cambiando porque necesitamos que la cultura política paraguaya sume y se eleve”, dijo.
Expresó para el programa “Arriba hoy”, emitido por GEN y Universo 970 AM/Nación Media, que otra incorporación que diferencia al sistema electoral de Paraguay del resto de los países es el sistema de transmisión de resultados electorales preliminares (TREP), lo cual intentan replicar otras naciones de la región.
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“Paraguay es uno de los países más controlados en elecciones”, afirmó titular del TSJE
El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), César Rossel, habló acerca de las labores desarrolladas en la institución, detallando los avances institucionales incorporados. “Paraguay es uno de los países más controlados en elecciones”, afirmó, destacando los constantes progresos del TSJE.
“Siempre trabajamos en fortalecer la política. Ahora cambiamos los registros electorales para volverlos a centros cívicos; estamos trabajando con el Registro Civil, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Educación, cambiando porque necesitamos que la cultura política paraguaya sume y se eleve”, dijo.
Expresó para el programa “Arriba hoy”, emitido por GEN y Universo 970 AM/Nación Media, que otra incorporación que diferencia al sistema electoral de Paraguay del resto de los países es el sistema de transmisión de resultados electorales preliminares (TREP), lo cual intentan replicar otras naciones de la región.
“Somos un país efectivo en lo que hacemos porque pasamos de tener el TREP por fax, a un sistema mucho más digital con un sin fin de controles dentro del proceso electoral, contando así con el mejor TREP de la región por lejos y con más proyectos donde somos el país número uno”, puntualizó.
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Sobre el TSJE
Rossel detalló que las labores del TSJE no se centran únicamente en las elecciones generales o municipales, contando con un rol más abarcativo en términos de control. Indicó así el desarrollo de ocho elecciones al día a cargo de la institución, ejemplificando su nivel de responsabilidad.
“Tenemos competencia en clubes de fútbol, cooperativas, asociaciones y todo tipo de organizaciones intermedias. A esto se debe sumar todos los expedientes de juicios y una preparación extraordinaria necesaria para las elecciones nacionales y municipales, proyectadas al menos un año antes”, explicó.
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Remarcó así que el sistema electoral no comprende solo lo referente a las elecciones, sino también al financiamiento político. Entre tantos avances ya logrados, Rossel refirió que queda como materia pendiente ser referentes y vender mejor la imagen país en términos de posicionamiento regional.
“Vamos a trabajar ahora de manera progresiva dentro de los partidos políticos en lo referente al lavado de dinero. Además, seremos por primera vez en la historia sede de una reunión interamericana sobre elecciones, inteligencia artificial en elecciones, noticias falsas y desinformación”, indicó.
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Cuándo desoír a la Corte es un desacato, según la oposición
- Hoy.com.py
Que la Corte disponga una medida sobre el proceder que debe adoptar el Poder Legislativo es algo que debe acatarse, según quién se vea beneficiado con la decisión.
Esto lo da a entender la oposición, que ayer estuvo de acuerdo con desacatar el juramento de dos senadores, pero hoy pide oír un dictamen de la Fiscalía sobre la destitución de Kattya González.
En las elecciones generales de 2018, Horacio Cartes se candidató a senador de la nación. Para el efecto, el 11 de abril de ese año, la Corte Suprema de Justicia dio vía libre a su candidatura, al declararla constitucional.
Con este aval, Cartes participó de esos comicios, cuyos resultados lo ubicaron como el senador más votado. El expresidente fue senador electo y proclamado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral, requisitos indispensables para el juramento.
Aquel 1 de julio de 2018, el entonces titular del Congreso, Fernando Lugo, decidió desoír al TSJE y a la Corte y optó por no convocar a Cartes. En su lugar, corrió unilateralmente la lista y llamó a Rodolfo Friedmann, pese a no haber sido electo ni proclamado.
El exobispo, máximo referente de la oposición en ese tiempo, hizo una interpretación de la Carta Magna y se tomó las atribuciones de la máxima instancia judicial, la única habilitada para la interpretación de la Constitución.
Del mismo modo obró con Nicanor, a quien también ninguneó y en su lugar convocó a Mirta Gusinky, quien ocupó ilegítimamente una banca para la cual no fue electa. Este había sido el segundo rebote de Nicanor.
Antes, el extitular del Congreso Tito Saguier (otro referente opositor) tampoco llamó a Nicanor Duarte Frutos, también expresidente, pero finalmente habilitado para su candidatura y posteriormente electo y proclamado por el TSJE. En vez de él, llamó a Jorge Antonio Céspedes, quien juró en su lugar.
Posteriormente, Nicanor recurrió a una acción de inconstitucionalidad para acceder a la banca que ganó a través de los votos. El resultado fue a su favor, sin embargo, la Corte fue olímpicamente ninguneada.
“Se incurrió en un procedimiento no ajustado a la Constitución que hoy nos rige, habida cuenta que se obvió convocar a un senador electo y proclamado para ser sustituido por un ciudadano que no fue ni electo ni proclamado”, expresaba parte del argumento de la resolución del 31 de agosto de 2010.
UN CASO SIMILAR
Hoy, en 2024, algo similar salta a la palestra. La senadora Kattya González fue destituida el 14 de febrero pasado por el pleno, a través del procedimiento de la pérdida de investidura, donde se discute cuál era el reglamento vigente, el original que exigía una mayoría simple, o el modificado en diciembre, que elevaba la cantidad de votos requeridos.
La legisladora recurrió también a la Corte a través de una medida cautelar que le fue rechazada y también a través de una acción de inconstitucionalidad que sigue en curso.
La Corte hizo correr el pedido a la Fiscalía, que se pronunció con un dictamen a favor de la exsenadora, al concluir que la destitución fue inconstitucional, por no ajustarse al reglamento de la mayoría requerida para la expulsión. Todavía queda pendiente el pronunciamiento de la máxima instancia judicial.
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TSJE confirma expulsión de Gerardo Soria del Partido Colorado
El Tribunal Superior de Justicia Electoral emitió el fallo y sentencia N° 5/2024 de fecha 13 de junio, por la cual resuelve no hacer lugar a los recursos de nulidad y apelación presentados por el abdista Gerardo Soria, quien solicitó la revocación de la expulsión de la Asociación Nacional Republicana.
Por tanto, la máxima autoridad electoral ratifica la decisión asumida por unanimidad el 20 de junio de 2023 de parte de los integrantes del Tribunal de Conducta de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Partido Colorado, de expulsarlo de las filas de la nucleación política por trasgredir el código de ética y el estatuto partidario.
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El exasesor de Responsabilidad Social de Itaipú Binacional y presidente de la Seccional 107 de Antequera (San Pedro) había recurrido ante la máxima autoridad electoral, luego de que el Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala, había rechazado igualmente su petición. El dirigente expulsado había alegando que fue arbitrario el proceso de expulsión del padrón colorado bajo el argumento de que presuntamente el Tribunal de Conducta tenía un mandato fenecido y que estaba acéfalo.
Ahora, los miembros del TSJE, Jorge Bogarín, Jaime Bestard y el presidente de este tribunal César Rossel han confirmado la sentencia del Tribunal Electoral de la Capital, y por ende confirmado igualmente la decisión tomada por el Tribuanal de Conducta partidario.
Los ministros del TSJE señalan entre sus argumentos que “no existe violación del debido proceso, ni se han observado, ni aplicado de manera errónea las leyes electorales vigentes”. Agrega, que no se observa ninguna vulneración de los derechos de la legítima defensa traducida, “por tanto no se vislumbra fundamento alguno que amerite revocar lo resuelto por el tribunal”, expresa parte del documento.
En comunicación con el diario La Nación/Nación Media, el secretario general de la Junta de Gobierno y apoderado partidario Eduardo González indicó que con esta resolución queda finalmente firme la resolución del tribunal partidario sobre la expulsión de Soria de la ANR.
“Los motivos de su expulsión fue por violar el artículo 69 del Estatuto partidario, que hace relación a la inconducta en la campaña electoral, por propiciar conductas en contra de las candidaturas de la Lista 1 Partido Colorado. Con esto queda firme la resolución del Tribunal de Conducta”, acotó.