El superintendente de Salud y decano de la Universidad Privada María Serrana, Ignacio Mendoza, señaló este domingo que hay muchas “medias verdades” en el caso de la clausura de carreras de Medicina, supuestamente por entregar títulos falsos. Acusó también al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) de actuar de forma maliciosa.
“Hay medias verdades y cuando hay intereses en juego uno puede malpensar siempre. Los estudiantes están esperando que se solucione el problema, ellos han estudiado bien, los profesores son de experiencia y nosotros no queremos formar gente que tenga carnet para matar”, manifestó el superintendente en una entrevista con canal Trece.
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Sostuvo que todos los sectores involucrados deben trabajar de forma conjunta para mejorar la calidad de la enseñanza y que los estudiantes tengan la capacidad necesaria para desempeñarse como profesionales al culminar la carrera. Lamentó que el Cones haya actuado de manera maliciosa en el caso de la Universidad María Serrana.
Mendoza indicó que en la sede central de la universidad, ubicada en Asunción, hay más de 500 estudiantes de Medicina afectados y en la filial de Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná, hay unos 1.000 alumnos en la incertidumbre a causa de la decisión tomada por el Cones, clausurando las carreras por la supuesta entrega de títulos falsos.
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“Nosotros vemos que se actuó de forma maliciosa, prácticamente con ensañamiento porque no merecía. El tema de la falsificación de firmas está en el ámbito de la Fiscalía. Tiene que haber un entendimiento para que todos podamos mejorar la calidad de la enseñanza y los médicos tengan la capacidad de hacer los diagnósticos y tratamientos. Nosotros tenemos alumnos que ya han revalidado su título en Brasil y hay quienes están trabajando en entidades públicas”, agregó.
Las carreras de Medicina de la Universidad Privada María Serrana de la sede central de Asunción y su filial de Ciudad del Este quedaron clausuradas por disposición del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones). El superintendente de Salud, Ignacio Mendoza, es decano de dicha universidad y el Círculo Paraguayo de Médicos exige su renuncia por las presuntas irregularidades en la entrega de títulos.
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La transformación de UNISUD: de la autonomía al rigor académico
La Universidad Sudamericana (UNISUD) fue adquirida a finales del año 2015 por nuevos propietarios con amplia trayectoria en la gestión educativa de calidad en el ámbito de la Educación Superior, iniciándose desde entonces un profundo proceso de ordenamiento, transformación institucional y redefinición académica.
El nuevo marco regulatorio que rige el funcionamiento de las Universidades a partir de que entra en rigor la Ley N°4995/13, permitió la implementación de la visión de la nueva administración que consistió en el cierre de las 43 filiales y carreras y concentrar su funcionamiento en el núcleo de su propuesta académica que fue la carrera de Medicina.
Esta historia de la UNISUD no debe entenderse como una línea recta, sino como un proceso de evolución profunda, adaptación y transformación, enmarcado en los cambios que experimentó todo el sistema de educación superior paraguayo durante los últimos años.
Para comprender su presente, es necesario realizar algunas precisiones:
1. El marco de la autonomía (2009 - 2013)
La Universidad originalmente fue creada por ley N°3883/09 bajo la vigencia de la ley de Educación Superior N°136/1993 y N°2529/06. En aquel contexto normativo, las universidades contaban con una amplia autonomía para la apertura de carreras y sedes en “todas las áreas de las ciencias” así como el cursado modular de determinadas carreras que permitían a los estudiantes concluir los programas académicos en plazos más reducidos.
Este periodo representó una etapa de expansión institucional bajo reglas de funcionamiento que posteriormente cambiarían de manera significativa con la modernización del sistema educativo paraguayo y el fortalecimiento de los organismos de regulación y control, especialmente con la creación de la Aneaes en 2003 y la entrada en funcionamiento del Cones en 2013.
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2. La llegada del Cones (2013 - 2015)
Con la implementación de la Ley 4995/13, con la conformación de su primer consejo en noviembre de 2013 y la operatividad del Cones en 2014, el nivel de exigencia, regulación y control estatal subió de tono. En 2014, previo a la llegada de los nuevos propietarios, la antigua Universidad Sudamericana al igual que muchas fue intervenida por el Cones, un proceso que marcó el fin de una era.
Con la nueva administración tomando el control a partir de finales del 2015, lejos de resistirse al cambio, la institución tomó una decisión drástica y honesta: cerrar voluntariamente 43 filiales y carreras, preservando solo el núcleo de su proyecto, Medicina.
Asimismo, más de 4.000 estudiantes fueron transferidos a otras instituciones de educación superior mediante un proceso que contempló la reubicación académica, el pago de aranceles correspondientes y la condonación de deudas, garantizando la continuidad de sus estudios y se asumió con el Cones el compromiso de expedir los títulos correspondientes a todo aquel alumno que presentara la documentación respaldatoria.
3. El renacimiento y la especialización (2017 - 2018)
La universidad decidió “transformar la casa” y enfocarse exclusivamente en la calidad. Sometió su proyecto de Medicina de Pedro Juan Caballero y Salto del Guairá al riguroso examen del Cones, logrando las habilitaciones oficiales en 2017 (Res. 464/17) y 2018 (Res. 707/18). El año 2018 se define como el kilómetro cero de la nueva UNISUD en lo que respecta a la gestión de “una nueva propuesta curricular”.
4. Regularización institucional y expedición de títulos
Tras la clausura masiva de carreras y el cierre de filiales ocurrido en 2015, la Universidad Sudamericana asumió el compromiso legal ante el Cones de garantizar la titulación de los alumnos de dicho periodo. Bajo este marco de regularización obligatoria, la institución debe expedir los títulos a todo estudiante que presente su documentación académica.
En cumplimiento de esta normativa, la tramitación del título del Sr. Hernán Rivas se gestionó en marzo de 2020 como parte de este proceso colectivo, procediendo la universidad a la expedición del título en el año mencionado y honrando así sus compromisos institucionales.
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El salto de la “antigua” a la “nueva” universidad no fue solo estético, se basó en una reingeniería estructural profunda que hoy sostiene su prestigio:
- Gobernanza médica: La dirección pasó a manos de médicos prestigiosos, asegurando que la academia hable el mismo idioma que la práctica profesional.
- Talento humano: Incorporación de investigadores y especialistas de primer nivel.
- Infraestructura de vanguardia: Centros de simulación de última generación, laboratorios y clínicas propias que superan los estándares regionales.
- Alianzas estratégicas: Convenios sólidos para prácticas en hospitales del Ministerio de Salud (MSPyBS) y el IPS, garantizando la formación clínica real de los estudiantes. Convenios internacionales
- Gestión curricular: Un currículo dinámico enfocado en el impacto nacional y la investigación científica.
- Especializaciones médicas: marcando un camino a la formación continua.
- Proyectos de investigación de alcance nacional: se suma a proyectos e iniciativas de intervención y cambio a través de la investigación aplicada para resolver problemas y necesidades nacionales.
Claridad institucional
Hoy, en 2026, la UNISUD presenta un nuevo rostro y una nueva identidad institucional, consolidándose como una universidad enfocada en la excelencia académica y en la formación de profesionales de la salud con estándares nacionales e internacionales.
La Universidad Sudamericana asume un compromiso firme con la calidad educativa, ofreciendo carreras acreditadas a nivel nacional por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes) y, a nivel internacional por el sistema ARCUSUR, reconocimiento alcanzado únicamente por un reducido grupo de universidades del país.
Estas acreditaciones posicionan a la institución entre las universidades de referencia del Paraguay y del Mercosur, reafirmando su compromiso con la excelencia, la transformación académica y la formación de los profesionales que el sistema de salud y el mundo requieren.
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Aneaes pide intervención de más de 120 carreras de Derecho que operan sin acreditación
El presidente de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes), José Duarte Penayo, informó que detectaron una brecha muy crítica entre las carreras universitarias habilitadas para funcionar y aquellas que efectivamente cuentan con acreditación de calidad. Indicó que desde el año pasado vienen evaluando varias carreras, y en el caso específico de Derecho, notaron que solo el 17 % de las carreras están acreditadas, una cifra considerada alarmantemente baja por las autoridades técnicas.
En conversación con La Nación/Nación Media, el Dr. Duarte señaló que la institución a su cargo remitió un informe técnico al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) en el que sugiere la intervención de entre 124 y 126 carreras de Derecho, distribuidas en todo el país.
“Este año actualizamos nuestro informe sobre la carrera de Derecho, donde tenemos una tasa de 17 % de acreditación. Es decir, una tasa muy baja de nivel nivel de acreditación, siendo que la carrera de Derecho, conforme a la Ley 2072/03 es una carrera taxativamente mencionada como de acreditación obligatoria”, explicó.
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Mencionó que las carreras que no están en proceso de evaluación con fines de acreditación o que nunca se presentaron a esta instancia, no solo están funcionando de manera informal, sino que además están violando la Ley 2072/03 de creación de la Aneaes y también la Ley 4995/13, que es la ley de Educación Superior.
Indicó que en el capítulo de registro de titulación se establece con claridad que un título se registrará cuando se cumplan todas las condiciones legales y para Derecho una condición legal es la acreditación.
Cones debe intervenir
Por tanto, Duarte señaló que la institución a su cargo comunicó al Cones, que es la instancia que tiene la potestad de intervención por medio de sus resoluciones que le facultan y entre las cuales figuran como causal de intervención estas faltas administrativas.
Indicó que remitieron este listado, según sus propios registros de las carreras que nunca fueron acreditadas para los procesos de evaluación con fines de habilitación por la Aneaes.
Aclaró que desde la Aneaes solo pueden sugerir la intervenir, ya que es una institución que tiene la función simple de evaluar, pero que sí tiene atribuciones para formular pareceres técnicos según la propia ley que les rige.
“Le sugerimos al Cones la intervención de todas aquellas carreras de Derecho que están funcionando sin haberse presentado, incumpliendo la normativa legal que les obliga a pasar por evaluación con fines de acreditación en la carrera de Derecho”, acotó.
Carreras de evaluación obligatoria
Duarte Peñayo explicó que conforme a la Ley 2072/03, la acreditación no es opcional para Derecho ya que se trata de una carrera que afecta el patrimonio y la integridad de las personas, por lo cual su evaluación es taxativa y obligatoria.
“Consideramos que más de 100 carreras de Derecho deben ser intervenidas, e incluso podrían ser más debido a deficiencias en el catastro del Cones, las cuales debe solucionar. Además el MEC debe considerar mejor el registro de títulos de carreras no acreditadas. Desde la Aneaes emitimos un parecer técnico y expresamos preocupación por carreras que operan sin cumplir con la acreditación obligatoria”, explicó.
Próximas revisiones, sector Salud
El titular de la Aneaes anunció que la próxima semana entregará un informe similar —y exhaustivo— sobre las carreras de Salud (Medicina, Enfermería, Kinesiología, etc.), en las que se anticipan medidas y recomendaciones igual de severas debido al riesgo que implica la falta de acreditación en estas áreas.
“Estamos preparando un informe exhaustivo sobre el área de la salud que estaremos remitiendo la próxima semana a más tardar con las mismas recomendaciones. Y así iremos iremos remitiendo informes por diferentes áreas haciendo el cruce con los datos abiertos del Registro Nacional de Títulos del MEC”, adelantó.
Finalmente, resaltó la necesidad de ir cerrando la brecha entre carreras habilitadas y carreras acreditadas, combatiendo con mucha dureza y medidas concretas la informalidad.
“Debemos pasar de los discursos a las acciones concretas en favor de la educación superior y el fortalecimiento del capital humano. No podemos seguir permitiendo la informalidad en un sistema en el que muchas universidades sí invierten en investigación, infraestructura y docentes de calidad, esfuerzo que merece respeto y respaldo”, concluyó.
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Justicia otorga sobreseimiento definitivo al senador Hernán Rivas
La Cámara de Apelaciones hizo lugar el recurso planteado por la defensa del senador Hernán Rivas y dictó el sobreseimiento definitivo de la causa por presunta producción y uso de título falso. La acción fue planteada por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Gulino y Álvaro Cáceres.
El tribunal decidió el sobreseimiento definitivo al legislador de conformidad al artículo 359 inciso 2 del Código Procesal Penal. Explica que dicho articulado menciona que corresponde el sobreseimiento definitivo cuando a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y sea imposible requerir fundadamente la apertura a juicio.
La camarista Bibiana Benítez (preopinante) señaló que ya en el A.I. N° 850 de fecha 10 de octubre del 2025, el juez de Garantía Miguel Palacios concluyó que el hecho punible estipulado en el artículo 251, inciso 1°, del Código Penal Paraguayo (producción mediata de documentos públicos de contenido falso) prescribió, incluso antes de la formulación del acta de imputación por parte del Ministerio Público, la cual ya había llegado tarde.
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Al análisis jurídico de la camarista se adhirió su colega Delio Vera, señalando que al declararse la prescripción del hecho de producción de títulos falso no puede ser juzgado por lo segundo, que es el supuesto “uso de documentos de contenido falso”, por lo que se declara su sobreseimiento definitivo de todo el proceso. José Fernández, el tercer integrante del tribunal, votó en disidencia.
Cabe señalar que con este fallo, a través del A.I. N° 102 dictado en la fecha, se rechaza la apelación de los fiscales Patricia Sánchez y Luz Guerrero en contra de la prescripción del delito de supuesta falsificación de parte de Rivas.
Posteriormente, mediante el A.I. N° 107 dictado igualmente en la fecha, el Tribunal de Apelación hizo lugar al recurso presentado por la defensa del senador, que anula la resolución del juez de Garantías Miguel Palacios, que el 10 de octubre del 2025 había elevado a juicio oral y público el proceso judicial por el que era investigado.
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Aneaes cuestiona procedimiento de habilitación de carreras de medicina
La Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes) emitió un comunicado para manifestar una “profunda preocupación institucional” respecto a la Resolución n.° 2/2026 del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), que establece el Sistema de Habilitación de Carreras de Medicina. “Este hecho configura una situación de omisión y potencial apropiación de funciones, que debilita el marco normativo vigente y genera ambigüedad en la delimitación de competencias dentro del sistema de educación superior”, puntualiza.
“La misma introduce un esquema que, en la práctica, avanza sobre funciones técnicas exclusivas de la Aneaes, al incorporar conceptos, metodologías e instrumentos vinculados a la evaluación de la calidad, sin la debida articulación institucional”, señala el primer punto señalado por el ente educativo, aclarando que no se emite juicio sobre las carreras de medicina recientemente habilitadas.
En el segundo punto, especifica: “En cuanto al impacto en los procesos de aseguramiento de la calidad, la Aneaes advierte que la implementación de un sistema de habilitación provisoria genera confusión respecto a la aplicación de instrumentos ya existentes y verificados como la evaluación diagnóstica de la Agencia y compromete seriamente:
a. La verificación de condiciones mínimas indispensables, como los campos de práctica clínica.
b. La coherencia de los criterios técnicos aplicados en la evaluación de carreras, programas e instituciones, establecidos en el Sistema de Evaluación de la Calidad de la Educación Superior por Fases en el marco del Modelo Nacional.
c. La eficacia de los mecanismos de control y mejora continua. Asimismo, la habilitación de carreras en estas condiciones podría generar hechos consumados, limitando la capacidad de intervención posterior de la Aneaes y reduciendo el margen real de corrección ante eventuales deficiencias”.
Evaluación y acreditación
“La Aneaes es, conforme a la Ley n.° 2072/2003, la única institución encargada de evaluar y acreditar la calidad de la educación superior en el país. Por lo tanto, se considera grave que la citada resolución utilice conceptos tales como: “control de calidad”, “seguimiento”, “verificación técnica”, “mejora continua”, los cuales constituyen atribuciones propias, exclusivas y legalmente asignadas a la Aneaes, los cuales son conceptos ligados a los procesos de acreditación y no así a los procesos de habilitación”, dice el tercer punto
Continúa: “La omisión del rol de la Aneaes en este proceso configura un escenario de exclusión tácita que expone al país a un riesgo reputacional a nivel regional, especialmente en el marco de los compromisos asumidos en organismos internacionales como la Red de Agencias Nacionales de Acreditación (RANA), que administra el sistema ARCU-SUR, donde Paraguay tiene la presidencia pro-témpore”.
Finalmente, el quinto punto señala: “Esta resolución duplica funciones y crea una carga burocrática múltiple que generará confusión para las Instituciones de Educación Superior. Esto tendrá efectos que van en contra de la racionalización del gasto público que impulsa el Gobierno Nacional en esta coyuntura”.
La Aneaes reafirma “su mandato legal como organismo responsable de la evaluación y acreditación de la calidad de la educación superior, y en ese marco la necesidad de respetar y fortalecer la institucionalidad vigente. Reitera su disposición a la articulación entre las instituciones responsables del aseguramiento de la calidad de la educación superior en un marco de claridad de competencias y respeto a las normativas vigentes”.