El 12 de junio es el Día Mundial contra el Trabajo Infantil. Millones de niños de todo el mundo se dedican a algún tipo de trabajo peligroso o en el que son explotados, por lo general a expensas de su salud y su educación y, sobre todo, de su bienestar general y desarrollo.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), a través de su Dirección General de Protección a la Niñez y la Adolescencia, habilitó una línea telefónica para recepcionar denuncias de trabajo y explotación infantil. La ciudadanía puede realizar sus denuncias al 0983-515-701, o bien al correo electrónico denunciasdgna@gmail.com.
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Desde el MTESS, se coordinan los esfuerzos para el cuidado del empleo digno y la importancia del cuidado de los niños, niñas y adolescentes para que la explotación infantil no sea una opción en la reactivación económica, tras la pandemia por el COVID-19 con el lema: “Ahora más que nunca, sin trabajo infantil”.
La ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, en la ocasión, además realizó el lanzamiento de un curso de diplomado en Estrategias para la erradicación del trabajo infantil, que será impartido por el SNPP, mediante el sistema e-learning.
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El salario mínimo es una norma constitucional que no se puede eliminar
Ante las afirmaciones falaces de algunos medios que quieren poner en tela de juicio la intención del Gobierno de cumplir y hacer cumplir las normas laborales, señalando que se querría eliminar el salario mínimo, la principal institución responsable del área salió a desmentir la versión engañosa, pues no existe tal decisión.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) señaló categóricamente que la aplicación del sueldo mínimo legal está en plena vigencia y que no existen intenciones de eliminarlo sino de cuidar su cumplimiento como corresponde.
Es más, ninguna secretaría estatal ni poder ejecutivo de turno podría dejar de lado su aplicación, porque existe una norma constitucional que la establece de manera categórica y específica. Las disposiciones de orden nacional e internacional vigentes no dejan ninguna duda en la materia: el salario mínimo se cumple, sin discusión alguna.
El artículo 92 de la Constitución Nacional sobre la retribución del trabajo dice que el trabajador tiene derecho a disfrutar de una remuneración que le asegure, a él y a su familia, una existencia libre y digna. Agrega: “La ley consagrará el salario vital mínimo y móvil, el aguinaldo anual, la bonificación familiar, el reconocimiento de un salario superior al básico por horas de trabajo insalubre o riesgoso, y las horas extraordinarias, nocturnas y en días feriados”.
Al ser una disposición de rango constitucional, ningún gobierno ni ministerio de ninguna laya puede eliminarla, sino que debe cumplirla estrictamente. Por consiguiente, solo una convención constituyente podría sacarla o modificarla, cosa que no está previsto realizar en la actualidad por las autoridades nacionales ni los partidos políticos con representación en los poderes del Estado.
En nuestro país el necesario cumplimiento de la vigencia del salario mínimo está respaldado por tres convenios suscritos entre el Gobierno nacional y la Organización Internacional del Trabajo (OIT): el Convenio n.° 26 sobre la fijación del salario mínimo, el n.° 95 sobre la protección del salario y el n.° 99 sobre fijación del salario mínimo en la agricultura. La OIT es una dependencia de las Naciones Unidas que se encarga de los asuntos y relaciones laborales, para promover el progreso social y económico mediante la cooperación de los gobiernos, trabajadores y empleadores.
La ministra de Trabajo, Mónica Recalde, aclaró que la modificación del modelo de fijación del salario mínimo nunca estuvo en la agenda de este gobierno. “El establecimiento del Estado o su rectoría con respecto a la regulación laboral y la fijación de los ingresos de los trabajadores es una materia constitucional. Por eso, podemos aclarar y asegurar que esto no está en agenda, ni se va a tratar, ni está en tela de juicio”, explicó la secretaria de Estado.
El comunicado que dio a conocer el Ministerio de Trabajo sobre el salario mínimo expresa, entre otras cosas, que “de ninguna manera existen intenciones por parte del Gobierno de eliminar este derecho fundamental”.
El texto del ministerio mencionado resalta que la finalidad del salario mínimo es proteger a los trabajadores contra el pago de remuneraciones indebidamente bajas.
“Este mecanismo asegura que todos puedan beneficiarse de una justa distribución de los frutos del progreso, garantizando un salario mínimo vital para quienes estén empleados y necesiten esta clase de protección. Además, los salarios mínimos son una herramienta clave en las políticas públicas destinadas a superar la pobreza y reducir la desigualdad, incluyendo las disparidades de ingresos entre hombres y mujeres”, resalta el documento oficial.
Teniendo en cuenta que el Gobierno ha descalificado la supuesta eliminación del salario mínimo legal y que está trabajando fuertemente para el cumplimiento de esa obligación de parte de las patronales, es necesario señalar que la ciudadanía debe tener conciencia de la necesidad de proteger ese derecho. Ninguna sociedad civilizada puede permitir la explotación del trabajador, como ocurría en épocas anteriores, en que se vulneraba descaradamente ese derecho humano fundamental.
Antes bien, tiene que ayudar a que sea respetado y promovido en su dignidad de ser humano, con el cumplimiento del salario mínimo legal y otras disposiciones relacionadas a la protección de las personas que trabajan. Una tarea de mucha importancia en un país donde un alto porcentaje de trabajadores todavía no reciben el tratamiento legal que establecen las normas y requieren la ayuda de los organismos estatales competentes para ser protegidos de manera adecuada.
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Gobierno aclara que no existen intenciones de eliminar el salario mínimo
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) emitió un comunicado mediante el cual deja en claro que el salario mínimo está plenamente garantizado en el artículo N° 92 de la Constitución y que no existe ningún plan o iniciativa legislativa en curso que pretenda eliminarlo.
“El salario mínimo en Paraguay está plenamente garantizado por el artículo 92 de la Constitución Nacional, el cual protege el derecho de los trabajadores a recibir una remuneración justa y digna. En este sentido, queremos dejar claro que de ninguna manera existen intenciones por parte del Gobierno de eliminar este derecho fundamental”, reza el documento.
El comunicado fue emitido este martes 14 de enero, tras las repercusiones de que supuestamente habría intenciones de eliminar el salario mínimo, por lo cual desde el Ministerio del Trabajo, recordaron que la finalidad del salario mínimo es proteger a los trabajadores contra el pago de remuneraciones indebidamente bajas.
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“Este mecanismo asegura que todos puedan beneficiarse de una justa distribución de los frutos del progreso, garantizando un salario mínimo vital para quienes estén empleados y necesiten esta clase de protección. Además, los salarios mínimos son una herramienta clave en las políticas públicas destinadas a superar la pobreza y reducir la desigualdad, incluyendo las disparidades de ingresos entre hombres y mujeres”, explicaron.
La institución afirmó que en el salario mínimo ha sido reconocido alrededor del mundo como una importante política de protección social y más del 90% de los países que integran la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuentan con uno o más salarios mínimos establecidos mediante legislación o convenios colectivos con fuerza vinculante.
“El Gobierno del Paraguay reitera su compromiso con la defensa de los derechos laborales y con la promoción de una política de salarios justos que contribuyan a la equidad, la justicia social y el progreso de la nación”, concluye el escrito.
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Ante incumplimiento del pago de aguinaldo, Ministerio de Trabajo ya recibió 45 denuncias
Durante los primeros días hábiles del año, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) recepcionó 45 casos de incumplimiento de pago del aguinaldo, cuya fecha límite es antes del 31 de diciembre, según lo que estipula el Código Laboral.
Desde la cartera laboral indican que del total de las denuncias recibidas, 43 fueron nominales, evidenciando que la mayoría de los trabajadores optaron por identificarse y participar en el proceso de mediación facilitado por la autoridad administrativa del Trabajo para acceder a la remuneración anual complementaria.
En detalles, las denuncias abarcaron a 26 patronales, y entre los denunciantes, 36 fueron hombres y 9 mujeres. La mayor parte de los casos (33) provienen de Asunción y el departamento Central, mientras que las restantes 12 denuncias fueron realizadas desde el interior del país.
El Ministerio de Trabajo habilitó múltiples canales para facilitar este proceso: 32 denuncias se recibieron de forma presencial, mientras que 13 fueron gestionadas a través de la plataforma en línea. Recuerdan que las denuncias son derivadas a la dirección general de Inspección y Fiscalización del Trabajo, en tanto las denuncias nominales pasan al proceso de mediación.
En el caso de que el empleador no se presente en la mediación, el caso también es derivado a Fiscalización, donde podría enfrentarse a sanciones de entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado. Todos los afectados pueden presentar sus casos de forma presencial en la sede Central de Asunción o en las direcciones regionales alrededor del país; además de forma online a través de www.mtess.gov.py y en los números (021) 729-0100 y (0993) 308-100.
Según explicó Wilson Netto, jefe del departamento de Mediación de Trabajo, son las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) las que tienen más problema para el pago de aguinaldo, ya que sostuvo que las empresas grandes no se arriesgarán “a este tipo de problemas”.
“La empresa ya es pasible de sanciones a partir de este momento, ya estamos ante un incumplimiento normativo. Lo que queremos es tratar que todo sea equitativo, llegar a un acuerdo y no llegar a una etapa de multar, ya queda un antecedente negativo”, explicó a la 1000 AM.
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Trabajo destaca avances en la formalización del empleo en el 2024
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) compartió el resumen de las gestiones realizadas durante el 2024, consideradas como avances, las cuales se consolidaron como un actor clave en la promoción del empleo formal, la capacitación laboral y la modernización de procesos administrativos en material laboral.
Con relación al primer punto, el ente destacó un crecimiento sostenido de la formalización laboral como uno de los mayores logros, ya que se pasó de 704.000 trabajadores formales del sector privado a 757.852 al cierre del año, conforme lo registrados en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Este incremento de más de 50.000 empleos formales representa un crecimiento del 6 %, superando ampliamente la meta del 4,5 % establecida inicialmente. A esto se suma que más de 1.200.000 personas cuentan con protección dentro del esquema de seguridad social, un resultado que refleja el impacto positivo de las políticas de formalización laboral.
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Simplificar para formalizar
Por otro lado, en cuanto a la facilitación y ahorro para las empresas, la cartera señala que a través del Decreto 1989/2024 se implementaron medidas para simplificar los trámites de formalización, reduciendo costos y tiempo para el sector privado. Se estima que las empresas ahorraron entre G. 900.000 y G. 1.300.000 por estos procesos, y como resultado, se registraron 20.867 nuevas empresas, cada una con al menos dos trabajadores.
Así también, el ministerio remarcó que el uso de tecnología fue un pilar central en la gestión 2024, como ser la implementación del sistema Virtu, que permitió avanzar hacia la política de “papel cero”, reducir la burocracia y mejorar la integración de datos con el IPS. Esto incluyó la automatización de los libros laborales electrónicos y la eliminación de registros duplicados, explica.
Fiscalizaciones
En materia de fiscalización se inspeccionaron más de 700 empresas, logrando la regularización de 15.741 trabajadores y aplicando sanciones por incumplimientos laborales que sumaron G. 10.000 millones. Un aspecto relevante también la plataforma EmpleaPY que consolidó su posición como un portal de referencia para la intermediación laboral.
En esta vitrina de empleo se registraron más de 90.000 usuarios, 16.000 vacancias y 50.000 intermediaciones exitosas. Además, la colaboración con empresas aumentó de 114 a más de 600, promoviendo un acceso más amplio al mercado laboral.