Desde la comuna lambareña ponen a disposición números para denunciar y también explican cómo procederán.

Mediante sus redes sociales, la Municipalidad de Lambaré, recordó que quemar basura es un delito y que está prohibido, por lo que las personas que lo hagan, se exponen a grandes multas, teniendo en cuenta que el fuego puede extenderse y causar grandes incendios.

Así también mencionaron que el humo desprendido provoca enfermedades respiratorias y alérgicas, deteriorando la capa de ozono y el medioambiente.

Instan a denunciar si se ve a una persona quemando basura. Los medios puestos a disposición para la denuncia son: WhatsApp (0986) 447-757 o línea baja (021) 908-116/18, también pueden hacerlo a través de las redes sociales (Facebook, Instagram y Twitter).

Las denuncias deben ser presentadas por escrito, con testigos, fotos o filmaciones, de manera a que el Juzgado de Faltas Municipales tome la debida intervención sobre el caso denunciado.

Cabe recordar que la quema de basura no está permitida por la Ley 3956/09 que regula la “Gestión Integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay”. El artículo 33 de la mencionada Ley señala que “se prohíbe la quema o incineración y la disposición de residuos sólidos a cielo abierto, en cursos de agua, en lagos o lagunas o en los lugares de disposición final que no sean rellenos sanitarios. Se prohíbe también la participación de menores de edad en cualquiera de las etapas de la gestión”.

En Lambaré, la Ordenanza Municipal que regula las sanciones para quienes violen la Ley, realizando quemas ilegales de basura, es la Nº 77/2006

De acuerdo a lo comunicado, la primera vez se realiza la notificación desde el Departamento de Gestión Ambiental de la Municipal de Lambaré al infractor. Si existe reincidencia, se da intervención al Juzgado de Faltas, con la aplicación de multas que van de 30 a 100 jornales mínimos legales. En tanto que la tercera vez ya pasa a la Fiscalía.

Por otra parte, las multas establecidas en la Ley 716 “Que sanciona delitos contra el medioambiente” el artículo 12, habla de que los que depositen o incineren basuras u otros desperdicios de cualquier tipo, en las rutas, caminos o calles, cursos de agua o sus adyacencias, serán sancionados con multa de 100 (cien) a 1000 (mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas.

De esta manera, si un jornal equivale actualmente a 84.340 guaraníes, la multa por violar la prohibición de quemar basura iría de unos 2.530.200 guaraníes (30 jornales) a 8.434.000 guaraníes (100 jornales). Esta cifra podría llegar incluso a más de 84 millones de guaraníes (en caso de que se llegue a los 1000 jornales).

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