Hoy 1 de febrero comenzarán los controles de la emisión de humo en los vehículos usados importados, proceso que se realizará antes del despacho aduanero, específicamente en la vía Ventanilla Única de Importación, según la disposición anunciada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Social (Mades), que sería el organismo que delegará la aplicación.
Al respecto, desde el Centro de Importadores de Vehículos Usados consideraron que la citada ley es inaplicable, alegando que no tiene pies ni cabeza, más allá de que los niveles permitidos de humo están establecidos de acuerdo con organizaciones mundiales de control de calidad, conforme a los años de antigüedad, el tipo de combustible que consume (diésel o nafta), entre otras cosas.
“Es una ley tomada de los pelos, es inaplicable, solo se puede hacer con plan recaudatorio exclusivamente para joderle la vida a los que venden vehículos usados”, expresó a la 650 AM Luis Pereira, del Centro de Importadores de Vehículos Usados (Civu). Es así que como sector están en contra de la aplicación de estos controles, que según se dispuso se realizarán a los vehículos usados que ingresen al país, recordando que la mayoría viene de Chile. Deberán pasar por el control de emisión de humo antes del despacho aduanero incluso y si superan los niveles de toxicidad permitidos, no podrán ingresar.
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Senadores colorados piden sesión extra para transparentar millonarios fondos de oenegés
El líder de la bancada del movimiento Honor Colorado, Natalicio Chase, y otros colegas solicitaron al presidente del Congreso Nacional, Basilio “Bachi” Núñez, convocar a una sesión extraordinaria para el próximo lunes con el fin de analizar el proyecto que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las Organizaciones no Gubernamentales (ONG).
La petición es realizada mediante la firma de un total de 20 senadores colorados quienes solicitan que el encuentro sea fijado para las 14:00. “Este proyecto contempla 3 ejes principales, la transparencia, la rendición de cuentas y el control de todas las organizaciones sin fines de lucro. Queremos que toda la ciudadanía en general tenga acceso a los datos (respecto al manejo de recursos)”, sostuvo Chase en una entrevista con los medios de comunicación.
Asimismo manifestó que solicitan el tratamiento del documento que fue planteado por el oficialismo colorado meses atrás. “Si los otros colegas tienen propuestas diferentes, entonces que puedan hacerlo en el pleno. Yo creo que vamos a tener el quorum necesario y la cantidad de votos para aprobar el proyecto de ley”, indicó.
Lo que establece la iniciativa
En la exposición de motivos la iniciativa tiene por objeto cubrir una laguna existente en nuestra legislación que se abstiene de regir y regular el accionar de organizaciones sin fines de lucro que reciban o administren fondos públicos o privados, de origen nacional e internacional, a ser destinados o que de alguna manera guarden relación con sectores, prestaciones o ámbitos de competencia del Estado, municipalidades y demás entes públicos.
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El documento refiere que el proyecto presenta una definición novedosa hasta la fecha de qué se entiende por estás organizaciones, fijando claramente el alcance y ámbito de aplicación del mismo. Busca establecer un control sobre estas denominadas en el proyecto como organizaciones sin fines de lucro. Se establece la obligatoriedad de su inscripción en un registro nacional, así como del detalle de las actividades y operaciones que realicen y de los documentos que deben llevar.
En la propuesta se establecen normas de transparencias, rendición de cuentas y supervisión las que no solo alcanzan a las organizaciones sin fines de lucro, sino también a terceros. La propuesta señala que en el capítulo del régimen sancionatorio quedan fijadas las sanciones por la transgresión de la ley, tanto por personas físicas como jurídicas y otros entes u organismos, así como se prevé el procedimiento a seguir.
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Diputados sancionan ley que viabiliza construcción de pequeñas centrales hidroeléctricas
La Cámara de Diputados, en sesión ordinaria de este miércoles, aceptó las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores y sancionó el proyecto de ley por el cual se amplia y modifican varios artículos de la Ley Nº3.009/2006, De la producción y transporte independiente de energía eléctrica (PTIEE). El documento fue sancionado y se dispuso su remisión al Poder Ejecutivo para su veto o promulgación.
De acuerdo con la exposición de motivos, el presente proyecto de ley sancionado pretende viabilizar los proyectos de construcción y funcionamiento de generación hidroeléctrica menor, también conocido como “Pequeñas Centrales Hidroeléctricas” (PCH).
La iniciativa parlamentaria se había presentado en el anterior periodo legislativo por los diputados liberales, Jorge Ávalos Mariño, Emilio Pavón, y sus excolegas Celso Kennedy y Fernando Oreggioni.
Durante el debate el diputado Ávalos Mariño abogó por la aprobación de la iniciativa, y explicó que la misma tiene como objetivo paliar las deficiencias existentes en la actual Ley 3009, la cual, según explicó, presenta ciertos artículos que generan confusión y falta de seguridad jurídica para las partes involucradas
“Desde su promulgación en el año 2006, hasta la fecha, la ley no adquirió efectividad, ya que no existen inversiones que apuesten a la generación y transmisión de energía hidroeléctrica, por lo que estas modificaciones pretenden otorgar viabilidad a los proyectos de inversión en ese sector energético”, explicó el legislador.
Acotó que la versión Senadores diferencia, claramente, las inversiones que serán autorizadas a operar mediante licencia a las que serán otorgadas por licitación pública internacional. A su vez extienden las exigencias para el transportador de electricidad, con el objetivo de que se haga cargo de los gastos administrativos y legales por expropiación; así como de las obras de mitigación y protección del medio ambiente.
Al mismo tiempo, los cambios obligan a que ciertos recursos percibidos sean destinados a la gestión, protección y conservación de los recursos hídricos. En cuanto a la solución de controversias del Art. 33, la Cámara de Senadores establece que las disputas que no puedan ser resueltas por el MOPC, a través del Viceministerio de Minas y Energía, serán sometidas a la competencia civil y comercial de los tribunales de la capital de la República del Paraguay.
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Pedido de prórroga de mandato es inaplicable
El director de Unidad de Procesos Electorales, Carlos María Ljubetic, aseguró que la Justicia Electoral tiene una postura clara respecto al pedido de prórroga de mandato de los intendentes y concejales, afirmando que es inconstitucional e inaplicable.
El experto electoral fue abordado por varios periodistas en la Cámara de Senadores, donde fue consultado sobre el pedido presentado por un grupo de ediles de todo el país ante la Cámara de Diputados. Ljubetic indicó que el Congreso no puede cambiar la legislación vigente, emitiendo una ley, ya que solo es posible si es que se lleva adelante una reforma constitucional.
En ese sentido, enfatizó que la Constitución Nacional prohíbe la extensión de los mandatos. “Es más, les digo, el Parlamento no está autorizado a hacer una ley en ese sentido. Solamente modificando la Constitución se podría extender los mandatos y ésta debe ser por reforma, porque ni ARCHIVOpuede hacer, porque por enmienda no está autorizado para extender mandatos”, sentenció.
Respecto a la situación que se dio en el año 2020, cuando se prolongaron los mandatos de los gobiernos municipales, explicó que se dio por pandemia. “Esa vez fue una situación especialísima. Lo que ocurrió en la pandemia del covid fue algo sui generis, no se puede comparar, porque todo se cambió en la pandemia. Pero ahora, solamente a través de una reforma se puede extender los mandatos”, indicó.
EXTINCIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS
Por otra parte, Ljubetic recordó que aquellos partidos políticos que durante dos elecciones sucesivas no alcanzaron el 1 % de los votos válidos emitidos, entonces entran en caducidad y ya no pueden existir. Indicó que en el momento de la entrevista no disponía a mano el listado de partidos políticos que han caducado.
“Estos partido, claro que serán notificados, van a tener la oportunidad de defenderse ante el juzgado y si se encuentra que los datos son precisos no hay más nada que agregar”, acotó.
BACHI NÚÑEZ EN DESACUERDO CON PRÓRROGA
El próximo presidente del Congreso, el senador Basilio “Bachi” Núñez, opinó al respecto y señaló con que no está de acuerdo con esta intención de los ediles. “Es totalmente antidemocrático, anticonstitucional, es no leer la realidad, si yo fui electo por cinco años, ese es el periodo que debo estar, no puedo alargar, es el mandato del pueblo. Conste que ellos fueron electos por cuatro años, se les amplió el mandato por un año para equiparar porque todos supuestamente deben estar cinco años”, expresó.
En conversación con varios medios de prensa, el parlamentario manifestó que “no se debe abusar con el crédito da la ciudadanía”, por lo cual no deberían intentar permanecer por dos años más en el cargo. El argumento que esgrimieron los concejales es que mediante la unificación de elecciones, se ahorrarían recursos y se evitaría estar en campaña electoral cada dos años.
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Justicia Electoral: pedido de prórroga de mandato es inconstitucional e inaplicable
El director de Unidad de Procesos Electorales, Carlos Maria Ljubetic, aseguró que la Justicia Electoral tiene una postura clara respecto al pedido de prórroga de mandato de los intendentes y concejales, afirmando que es inconstitucional e inaplicable.
El experto electoral fue abordado por varios periodistas en la Cámara de Senadores, donde fue consultado sobre el pedido presentado por un grupo de ediles de todo el país ante la Cámara de Diputados. En ese sentido, indicó que el Congreso no puede cambiar la legislación vigente, emitiendo una ley, ya que sólo es posible si es que se lleva adelante una reforma constitucional.
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En ese sentido, enfatizó que la Constitución Nacional prohíbe la extensión de los mandatos. “Es más, les digo, el Parlamento no está autorizado a hacer una ley en ese sentido. Solamente modificando la Constitución se podría extender los mandatos y ésta debe ser por reforma, porque ni si quiera por enmienda se puede hacer, porque por enmienda no está autorizado para extender mandatos”, sentenció.
Respecto a la situación que se dio en el año 2020, cuando se prolongaron los mandatos de los gobiernos municipales, explicó que se dio por pandemia. “Esa vez fue una situación especialísima. Lo que ocurrió en la pandemia del covid fue algo sui generis, no se puede comparar, porque todo se cambió en la pandemia. Pero ahora, solamente a través de una reforma se puede extender los mandatos”, indicó.
Asimismo, ratificó que la posición de la Justicia Electoral es muy clara, “la prórroga de los mandatos es inconstitucional e inaplicable”, remarcó.
Extinción de partidos políticos
Por otra parte, Ljubetic recordó que aquellos partidos políticos que durante dos elecciones sucesivas no alcanzaron el 1 % de los votos válidos emitidos, entonces entran en caducidad y ya no pueden existir. Indicó que en el momento de la entrevista no disponía a mano el listado de partidos políticos que han caducado.
“Estos partido, claro que serán notificados, van a tener la oportunidad de defenderse ante el juzgado y si se encuentra que los datos son precisos no hay más nada que agregar”, acotó.
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