Más allá del superclásico y lo que suceda tras ese partido de mañana, hay una realidad en Olimpia y tiene que ver principalmente con la falta de recursos que viene arrastrando, que lo mantiene atado y con poco margen de acción. En ese sentido, el vicepresidente del club, Pedro Ballota, adelantó que ese panorama no cambiará demasiado, principalmente por la imposibilidad de levantar la sanción de la FIFA que pesa sobre el club.
“Veo difícil levantar la sanción, además tenemos la renovación de los jugadores. Todo lo que podamos retener, lo intentaremos retener, si la transferencia es buena, se hará. Además, será un golpazo no clasificar a la Copa Libertadores. Si logramos entrar vamos a tener que mejorar el presupuesto y si clasificamos a la Sudamericana, debemos bajarlo”, adelantó el dirigente en contacto con Versus Radio/Nación Media.
Ante este panorama, mencionó que los vínculos que tiene el club con algunos jugadores cuyos contratos vencen en diciembre serán analizados minuciosamente. El único asegurado es, por ahora, el lateral argentino Facundo Zabala. “Vamos a comprar el pase de Zabala (450 mil euros), es el mejor lateral del fútbol paraguayo”, indicó.
Además agregó que el zaguero Luis Zárate se irá libre del club en diciembre, al término de su contrato. Finalmente, destacó el trabajo de Francisco Arce, pese a las limitaciones que tiene. “Chiqui Arce tiene contrato hasta el próximo año. Está trabajando y haciendo un esfuerzo sobrehumano para sacar al equipo adelante. Esto se puede remontar aún”, concluyó.
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“Acción de inconstitucionalidad reúne requisitos para ser admitida”, sostiene abogada de Mousques
La abogada Margarita Heralesky, representante legal de Gisele Mousques, se refirió sobre la acción de inconstitucionalidad que presentó para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actúo en grado de apelación y dejó sin efecto la resolución del juzgado de Paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra el empresario Christian Chena y el programa RDN (Resumen de Noticias).
Heralesky señaló que “la acción de inconstitucionalidad que presentamos reúne todos los requisitos para que se pueda dar trámite y a su vez que los ministros de la sala constitucional estudien el fallo recurrido y puedan declarar la nulidad de la resolución de la jueza en lo civil Rosana Frutos, que actúo en grado de apelación y ratificar la determinación adoptada por el juzgado de paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra Chena”, indicó la citada profesional del derecho.
Agregó “es importante mencionar que la acción se presentó en tiempo y forma, así como lo establece nuestra normativa en el artículo 557 del Código Procesal Civil, habiéndose interpuesto dentro del plazo de los nueve días, partiendo de la notificación de la resolución impugnada que se agregó debidamente, así como se agregaron las copias de traslado”, señaló.
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Acotó que “en el escrito de la acción se individualiza claramente la resolución que se impugna y las normativas constitucionales infringidas que fueron varias, entre ellas la del derecho a la vida, el derecho al honor y reputación de las personas y otros”, refirió.
También se describe en la acción que la resolución recurrida carece de fundamentación, por ende debe ser declarado nulo el fallo de segunda instancia, haciendo lugar a la acción de inconstitucionalidad.
Igualmente, mencionó que el ministro César Diesel salió sorteado para ser el preopinante y estudiar la admisibilidad de la acción planteada. También, luego deberán votar sobre la admisibilidad los ministros Gustavo Santander y Víctor Ríos.
Por su parte, la abogada aseguró que el fallo dictado por la jueza Rosana Frutos que actuó en grado de apelación se apartó del objeto de debate que era establecer si existió o no violencia y si esa violencia denunciada es atribuible a los denunciados.
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Tras 19 años Corte rechazó acción de inconstitucionalidad de exjuez destituido
La Sala Constitucional ampliada de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar in limine la acción de inconstitucionalidad presentada por el exjuez de Paz del distrito de Unión, Carlos Hugo Montiel, quien recurrió a la máxima instancia judicial contra una resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que lo había destituido en setiembre del 2005.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por Montiel contra la resolución del JEM de fecha 6 de setiembre de 2005 donde fue removido de su cargo por presunto mal desempeños en sus funciones.
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Los que firmaron el fallo judicial son Alberto Martínez Simón, quien fue preopinante y quien sostuvo que no corresponde dar trámite a la acción debido a que no ha demostrado en términos claros la arbitrariedad alegada. Asimismo, los ministros César Garay, Luis María Benítez, Carolina Llanes, Nery Villalba, y Lineo Insfrán se adhirieron al voto de Martínez.
Mientras que los ministros Víctor Ríos y Gustavo Santander votaron por dar trámite a la acción y estudiar el planteamiento de fondo sobre la destitución del mencionado magistrado de paz. Por su parte, el ministro Eugenio Jiménez sostuvo que se debe declarar la caducidad de instancia, por lo que no consideró necesario estudiar los requisitos formales de admisibilidad.
Con la presente resolución judicial de la Corte el accionante ya no volverá a la magistratura judicial.
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Mousques anuncia acción de inconstitucionalidad
Ayer lunes, la jueza en lo Civil y Comercial Rossana Frutos, en grado de apelación, ha revocado el fallo de la jueza de Paz Gloria Machuca, quien había admitido la denuncia por violencia contra la mujer presentada por Gisele Mousques en contra del empresario Cristhian Chena y la firma Resumen de Noticias.
“Esta sentencia contiene muchos vicios e inclusive contradice disposiciones establecidas en la Constitución Nacional. Por ello, estaremos arbitrando acciones de inconstitucionalidad y esa es la vía que seguiremos”, explicó a La Nación/Nación Media la abogada de Mousques, Margarita Heralesky.
La representante legal indicó que la propia normativa, tanto del Código Procesal Civil como de la Constitución Nacional, faculta a la parte denunciante a tomar las disposiciones mencionadas. Además, agregó que también se faculta a la propia Corte Suprema de Justicia a intervenir.
La representante legal de Mousques manifestó que con respecto a la resolución que revoca el fallo de la jueza de Paz no se ha estudiado a profundidad lo que hace referencia a la violencia ejercida. Habló así de cómo la jueza se abocó hacia lo vinculante con la censura, lo cual nunca estuvo en discusión.
“No se trata de restricciones a la libertad de expresión, sobre lo cual se centró la jueza. Dentro de la sentencia no se ha realizado ninguna valoración completa de los escenarios completos y los titulares que cuestionamos, los cuales son denigrantes y por qué los consideramos agraviantes”, dijo.
Remarcó que dichos aspectos se encuentran en la línea de violencia telemática, además de atentar contra la dignidad de su representada. Sin embargo, lo mencionado no fue tenido en cuenta en la decisión de la jueza Frutos, solo lo referente a la libertad de prensa.
Gisele Mousques había solicitado medidas de protección contra el empresario Christian Chena, alegando haber sido víctima de hostigamiento y ataques en redes sociales, aparte de manifestar un daño a su imagen luego de una serie de publicaciones.
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Sobre la palabra y la acción
- Por Felipe Goroso S.
Todo espacio de poder por más pequeño e intrascendente que parezca es, por una parte, un gobierno de la palabra, pero a la par de la imagen. Usualmente se tiene a la palabra en un segundo plano o incluso en un tercero. Se le da mucho peso en campañas o antes de llegar al espacio al que se aspira (cualquiera sea) para una vez accedido al mismo enfocarse preponderantemente a la acción.
Ahora bien, la política es discurso, pero también es acción. Lo uno no debe quedar por detrás de lo otro. Varias disciplinas estudian el asunto: la filosofía, la sociología, la psicología social, la antropología social, las ciencias políticas y las ciencias del lenguaje plantean miradas al respecto.
Hay una relación cada vez más cercana e íntima entre lenguaje, acción, poder y verdad, que intenta ayudarnos a estudiar el discurso político siempre considerado dentro de un contexto individual y social, que circula dentro de cierto espacio público. La palabra política se inscribe en prácticas sociales que son parte del día a día del electorado, aunque el mismo e incluso los políticos pretendan que no se vea como tal por distintos motivos que ya abordaremos oportunamente.
Autores de la mayor diversidad entre los que puede inscribirse a Platón, Kant, Weber, Arendt, Foucault y Habermas proponen cuestiones como la política y el poder desde miradas que difieren y a la vez confluyen según la óptica que se busque. Conceptos como Estado, República, nación, democracia o partidos políticos pueden parecer abstractos si es que no se los transforman en contenedores de derechos y deberes de los distintos segmentos. Por eso vemos cifras tan alarmantes que reflejan lo que algunos autores definen como desapropiación de los individuos. Como no se percibe su utilidad, se termina descreyendo de los mismos.
Con esto (también) tienen que ver las concepciones del poder político. Espacios de discusión y persuasión. Escenarios de construcción de los valores de los cuales la conducción política pretende apropiarse y transmitir. Ahí la palabra es la que gobierna, aunque siempre es una porción. Cuando se producen acciones de reclamos que ejercen presión sobre estamentos de poder, cabe preguntarse qué tiene mayor influencia: ¿Los eslóganes o declaraciones (palabra) o las manifestaciones y dificultades generadas como consecuencia de las mismas (acción)? Así mismo, a la hora de responder las reivindicaciones, ¿qué traerá calma al escenario: una campaña de persuasión para convencer a los que reclaman de la conveniencia de las medidas propuestas (palabra) o iniciativas concretas que apunten a destrabar y desmontar los cuestionamientos (acción)?
El gobierno de la palabra no constituye la totalidad de la política, pero no puede haber acción sin palabra ya que la misma interviene en el espacio de acción; la palabra interviene en el espacio de persuasión para que la instancia política pueda convencer a la instancia ciudadana de los beneficios del programa propuesto y de las decisiones que se deben seguir tomando mientras administra los conflictos de opinión en provecho propio.