Jorge Morel, de 25 años, ya es jugador de Cerro Porteño. En la tarde de ayer se procedió a la firma del contrato que liga al jugador con el Ciclón por cuatro años, hasta junio del 2027. El monto que el club azulgrana abonará a Guaraní es de un poco más de 2.000.000 de dólares, a pagarse en tres cuotas. El volante reconvertido en zaguero central prestó servicio en los últimos seis meses al Adana Demirspor de Turquía.
Morel es el octavo refuerzo de Cerro Porteño para encarar el segundo semestre tras las confirmaciones de Rodrigo Melgarejo, Cecilio Domínguez, Alan Benítez, Santiago Arzamendia, Luis Riveros y los regresos de Fernando Romero y Fredy Vera.
Por otro lado, el argentino Víctor Bernay dirigirá en forma interina al conjunto frente a Ameliano, por la segunda fecha del Clausura, el sábado, en el estadio Villa Alegre de Encarnación, desde las 18:30. Diego Gavilán arrancará sus actividades al frente del Ciclón en la otra semana, una vez que concluya la participación de la Sub-20 azulgrana en la Copa Libertadores que se juega en Chile.
Los candidatos para ocupar el cupo del Sub-18 en el equipo principal son: Carlos Fabricio Favero, extremo por derecha y que fue autor de 10 goles en el Apertura de la categoría.
Luis Olmedo, enganche o segundo delantero, y Gabriel Aguayo, extremo por izquierda, que integra actualmente el conjunto de la categoría Sub-19.
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Abogada defensora de Prieto tendría contrato como asesora externa de la comuna de CDE
Una investigación que llevó adelante la organización social “Contraloría Ciudadana” de Ciudad del Este, detectó una nueva irregularidad cometida por el equipo del exintendente destituido y hoy postulante a la presidencia de la República por la oposición, Miguel Prieto.
De acuerdo con los datos recabados por esta organización, la abogada Gilda María Portillo Vera, quien ejerce de defensora de Prieto, tendría un contrato como asesora judicial externa con un salario de G. 11 millones pagados por la comuna local.
Uno de los datos de denuncia penal que están preparando para presentar ante el Ministerio Público, indica que la abogada Portillo Vera, con matrícula 34.243 de la Corte Suprema de Justicia, contratada por la Municipalidad como “asesora externa”, aparentemente estaría cumpliendo únicas funciones para llevar la representación y defensa de Miguel Prieto y otros imputados por hechos de corrupción durante su gestión como jefe comunal, en las varias causas judiciales abiertas.
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Por ahora, la nueva denuncia que hacen pública los miembros de la Contraloría Ciudadana, al confirmar que la abogada Portillo fue contratada como asesora externa de la Municipalidad de Ciudad del Este, con un honorario mensual de 11 millones de guaraníes y no estaría aparentemente llevando ninguna causa que compete al municipio.
Los datos divulgados señalan que la citada abogada no ejerce esa asesoría en la Comuna, y solamente se dedica a defender a Miguel Prieto en todas sus causas judiciales de corrupción que pesan sobre él, y también apareció como representante legal del concejal municipal Sebastián Martínez Insfrán, y varios otros imputados como ser Francisco Raimundo Arrúa Álvarez; Maggi Elizabeth Fariña Almada; Alex Yamal Samhat González; Higinio Ramon Acuña, Nelson Alexis Segovia Acevedo todos ellos imputados en las diferentes causas judiciales vinculados al exjefe comunal destituido.
De acuerdo a informes de varios medios de comunicación esteña señalan que el abogado Víctor Enríquez, asesor de la Contraloría Ciudadana, señaló que la mencionada abogada Portillo Vera, ejerce la actual defensa tanto de Miguel Prieto, como del actual concejal Martínez Insfrán, que están con procesos judiciales por corrupción en la administración municipal.
“La misma administración municipal que fue víctima de esos nefastos personajes, es la que ahora le paga a la abogada Portillo que los defiende. Está contratada desde febrero de este año, y percibe sus salarios provenientes del rubro 145 de los fondos municipales. Cobra honorarios como contratada, fue contratada por Daniel Pereira Mujica, quien en junio renunció al cargo para volver a postularse en las elecciones del 4 de octubre”, expresó.
Enriquez agregó que, si no hay delito, por lo menos es una inmoralidad terrible, estarán analizando con un equipo si presentan una denuncia ante la Superintendencia de Justicia.
La Municipalidad de Ciudad del Este, a cargo del intendente interino Pedro Acuña, se mantiene en silencio y no brinda aclaración alguna sobre el caso.
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Paraguay declara emergencia vial: ANTSV ejecutará medidas y controles tecnológicos
El presidente de la República, Santiago Peña, firmó la promulgación de la Ley 7676/2026, por la cual se declara en situación de emergencia nacional en materia de seguridad vial, en todo el Paraguay debido a las elevadas cifras de siniestros, muertes y heridos de gravedad en las vías públicas. La propuesta legislativa fue recientemente sancionada por el Congreso Nacional.
Esta legislación encomienda a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) la ejecución de acciones y medidas administrativas que sean excepcionales y extraordinarias destinadas a la prevención, fiscalización, control y reducción de accidentes de tránsito.
Entre las acciones previstas se contempla la utilización de herramientas tecnológicas, la coordinación con otras instituciones del Estado y el fortalecimiento de campañas de concienciación y educación vial dirigidas a conductores, motociclistas y peatones.
Para lograr estos objetivos, la ANTSV queda facultada para emplear herramientas tecnológicas y coordinar esfuerzos interinstitucionales; conforme a lo que expresa el artículo 2 de la Ley recientemente promulgada. Además, autoriza a implementar los mecanismos operativos, técnicos e interinstitucionales necesarios para ejecutar las medidas establecidas durante el periodo de emergencia.
Cabe destacar que esta legislación contempla de forma complementaria la realización de campañas de concienciación dirigidas a la ciudadanía. En ese sentido, dispone la implementación de acciones interinstitucionales y complementariamente la realización de campañas de concienciación y educación vial, destinados al fortalecimiento de la seguridad vial y para garantizar una pronta y efectiva solución a la situación crítica por la que está atravesando la seguridad vial en el país.
La propuesta legislativa fue presentada por los diputados Hugo Meza y Miguel del Puerto, con el objetivo de dotar al Estado de mayores herramientas para enfrentar una problemática que genera miles de víctimas cada año y representa uno de los principales desafíos en materia de salud pública y seguridad ciudadana. La declaración de emergencia permitirá acelerar la adopción de acciones específicas destinadas a disminuir los índices de siniestralidad y reforzar las políticas públicas de prevención en todo el país.
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Ocho claves para negociar y suscribir un contrato
¿Cuán importante es un contrato bien analizado y ajustado a las necesidades de quien lo firma? De esto habla Lorena Juliana Chamorro Díaz, abogada de Eunomia Consultora.
Analizar la situación, ajustar los criterios a la necesidad legal-operativa y asegurarse de que todo se encuentre dentro del marco legal vigente otorga seguridad al proyecto, independientemente de su naturaleza.
“Existen diversos tipos de contratos y, en la actualidad, la modernización de los servicios y la formalización impulsada por el Estado nos llevan a ser más precisos al momento de redactar estos documentos, que son la base de la vinculación legal”, expresó Lorena.
1- Identificar el objeto del contrato: Definir con claridad el objeto permite ceñir las bases legales al tipo de proyecto (servicios, suministros, laborales, inversión, revenue share o joint venture) y a las partes firmantes, que deben estar habilitadas para evitar nulidades del acto jurídico.
2- Alcance y responsabilidades: Establecer estos puntos otorga seguridad sobre hasta dónde llega la exigencia de cada parte y quién asume cada responsabilidad.
3- Plazo, precio, forma de pago y condiciones: Definir el plazo y el precio genera estabilidad presupuestaria y evita gastos no previstos. Establecer la forma de pago y sus condiciones permite evitar reclamos posteriores y asegurar su exigibilidad.
4- Indemnizaciones y penalidades: Estos mecanismos obligan a las partes a cumplir el objeto del contrato y resguardan los intereses financieros y legales.
5- Confidencialidad y propiedad intelectual: La confidencialidad es clave para proteger la información. También se define quién será el titular de los productos, servicios o trabajos una vez finalizado el contrato.
6- Cláusulas de resolución o terminación: Permiten establecer qué ocurre ante incumplimientos o causas de fuerza mayor, definiendo responsabilidades y condiciones de finalización anticipada.
7- Solución de conflictos: Determina los mecanismos para resolver disputas: negociación directa, mediación, arbitraje o tribunales, según corresponda.
8- Firma: Es el acto de formalización del contrato. Debe verificarse la identidad y habilitación de las partes. En caso de firma electrónica, esta debe ser cualificada para garantizar su validez.
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Diputado presenta pedido de informes sobre cánones publicitarios en Ciudad del Este
El diputado colorado Alejandro Agüilera presentó un proyecto de resolución “Que pide informes a la Municipalidad de Ciudad del Este sobre el cobro de cánones a la publicidad luego de la rescisión del convenio MOPC - Fast Print”.
El documento se fundamenta en hechos de público conocimiento relacionados con la instalación de carteles publicitarios con mensajes ofensivos hacia la soberanía nacional en dicha localidad, situación que generó una amplia repercusión y preocupación en diversos sectores de la sociedad.
El proyectista señaló en su argumentación que la inquietud se ve agravada por una situación institucional vinculada a un aparente cobro indebido de cánones por publicidad por parte del municipio esteño.
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Según los antecedentes expuestos, dichos cobros se habrían efectuado con posterioridad a la rescisión del convenio que existía entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y la empresa Fast Print.
En su exposición de motivos, el parlamentario resalta las declaraciones públicas del representante legal de la firma publicitaria, quien afirmó de manera categórica que la Municipalidad de Ciudad del Este le otorgó los permisos correspondientes para el cobro del canon.
La normativa plantea que la administración municipal responda de manera puntual si ha cobrado cánones por publicidad a la empresa Fast Print o a cualquier anunciante luego de la rescisión del convenio con el MOPC, debiendo especificar los períodos y los montos involucrados en caso afirmativo.
Solicita que la institución explique las razones legales o administrativas por las cuales consideró procedente el cobro de dichos cánones de forma posterior a la rescisión de la alianza, considerando que la autorización original para instalar la publicidad provenía de la cartera de Obras Públicas y no de la propia municipalidad.
Finalmente, el proyecto exige la remisión de copias de las ordenanzas, resoluciones, contratos o permisos en los cuales la comuna sustentó la recaudación en la zona afectada tras la culminación del acuerdo.
Este pedido de informes será remitido a las comisiones para los dictámenes de rigor y, posteriormente, será tema de análisis en el plenario de la Cámara de Diputados. Como en todos los casos, de ser emitido el requerimiento, el plazo para las respuestas será de 15 días.