El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del sexto turno de la capital no hizo lugar a una demanda contra Yacyretá, promovida por la firma M&T S.A. por supuesto incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual.

El caso se remonta a julio del 2018, cuando la mencionada firma comenzó la demanda por un contrato para la construcción de 105 viviendas, infraestructura y servicios en el barrio Santo Domingo, de la ciudad de Encarnación, departamento de Itapúa, en el marco de un convenio entre la binacional y la entonces Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (Senavitat).

En ese contexto hay que señalar que el 6 de junio del 2018 la entidad binacional decidió rescindir el contrato con la constructora ante sucesivos e innumerables incumplimientos de la misma en la edificación de infraestructura. Esta acción fue confirmada el 4 de julio por el Consejo de Administración.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

A su vez, el 19 de junio, el entonces director de la binacional remitió una nota a M&T intimándole al pago, en el plazo de diez días, de los importes correspondientes a las garantías de fiel cumplimiento de contrato en obras públicas o privadas y el anticipo financiero en obras públicas o privadas que fueran otorgadas bajo apercibimiento de iniciar los trámites de ejecución de Pólizas emitidas por la Consolidada S.A. de Seguros.

Leé también: PPQ apunta a intendencias de Asunción, Ciudad del Este y Encarnación

De acuerdo a la sentencia, quedó probado que la rescisión del citado contrato “fue por causa única y exclusiva de M&T S.A. por numerosos incumplimientos del pliego de bases y condiciones del contrato n.° 737/14, y además se probó que la firma M&T S.A. no interpuso ningún tipo de recursos contra la Resolución n.° 3.821/18 de fecha 4 de julio del 2018, dictada por el Consejo de Administración de la Entidad Binacional Yaycretá”.

“Luego, no habiendo prosperado la pretensión de resolución de contrato, ya no corresponde estudiar la pretensión de indemnización de daños que, como se ha visto, encuentra sustento en el artículo 725 del Código Civil y deberá ser igualmente rechazada”, indica el documento.

Ante estas consideraciones, el tribunal resolvió: “No hacer lugar, con costas, a la presente demanda de resolución de contrato por incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual, que promueve la firma M&T S.A. contra la EBY”.

Te puede interesar: Hija de Vallejo renunció a su cargo en la ONU y en la Corte

Déjanos tus comentarios en Voiz