El Poder Ejecutivo publicó este jueves el decreto 2817 mediante el cual reglamenta la Ley que regula el empleo a tiempo parcial. Esta normativa permite fijar contratos de trabajo a tiempo parcial y con pago proporcional al tiempo laboral, además de asegurar el acceso a IPS.

El reglamento, cuya aplicación y control quedará a cargo del Ministerio de Trabajo, establece que la actividad laboral será considerada a tiempo parcial cuando se extienda de 16 a 32 horas semanales.

Esta modalidad deberá acordarse mediante un contrato que a la vez, contemple el aporte del seguro social del Instituto de Previsión Social (IPS).

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Según el Ministerio de Trabajo, esta normativa servirá para proteger los derechos de más de 129.000 trabajadores que actualmente trabajan menos de 35 horas semanales, e incluirlos como cotizantes en el sistema de seguridad social.

Además, este nuevo marco legal busca proteger a los trabajadores instalando una gama de derechos antes no previstos para los mismos, que van desde vacaciones, descansos y el permiso por maternidad.

También se permitirá flexibilizar las jornadas laborales, establecer un sistema de aporte a la seguridad social más accesible y menos costoso, adecuándose a lo realmente abonado al trabajador y favorecer a los trabajadores, permitiendo su diversificación laboral al no permitir la exclusividad del vínculo.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el trabajo a tiempo parcial puede ayudar a los trabajadores, en especial a aquellos con hijos u otras responsabilidades familiares, a entrar o a permanecer en el mercado laboral. Además, puede ofrecer una oportunidad a los trabajadores que quieren seguir contemporáneamente sus estudios o una formación profesional.

¿Qué dice exactamente la Ley?

Para la modalidad a tiempo parcial, se establece un mínimo de 16 horas y máximo de 32 horas a la semana, tomándose como base imponible a los efectos del pago del seguro social del IPS -este mínimo (16 horas semanales, 64 horas por mes)- en los mismos porcentajes aplicados para la generalidad, es decir 9 % a cargo del trabajador y 16,5 % a cargo del patrón/empleador.

De acuerdo a los datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del año 2017, del total de los ocupados a tiempo parcial, la participación de los hombres es del 58 %, en tanto que la de las mujeres, del 42 %. De este conjunto, 89.484 personas viven en el área urbana.

Se aporta IPS sobre el salario real percibido por el trabajador siempre que alcance 16 horas semanales como mínimo, debiendo complementar el empleador, el monto correspondiente al fondo de salud, cuando lo percibido fuese inferior al salario mínimo, según explicaron desde el Ministerio de Trabajo.



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