El director de Aduanas, Julio Fernández, en contacto con el canal GEN, se refirió al caso de la firma Censu, representada por el estudio jurídico de Juan Ernesto Villamayor, quien habría propiciado la evasión impositiva y mediante una “laguna jurídica” introdujo automóviles nafteros como flex (nafta y/o alcohol), de menor valor impositivo, sin pagar los impuestos corres­pondientes, en el 2018.

Fernández justificó que se optó por no aplicar la sanción ya que eso propiciaría una demanda de unos US$ 100 millones al Estado por parte de las demás importa­doras. Aduanas tuvo que retirar la multa aplicada, lo que llevaría a sospechar, nuevamente, de la injerencia de jefe de Gabinete Civil de la Presidencia y hom­bre fuerte del presidente de la República, Mario Abdo Benítez.

El caso tiene como centro a la empresa Censu SA, importa­dora de vehículos en el país, la cual fue sancionada por la Direc­ción Nacional de Aduanas (DNA) a pagar la cifra de G. 22.596 millo­nes al detectarse posibles irre­gularidades cometidas durante un proceso de importación. Sin embargo, la empresa ganó gra­cias al estudio jurídico de Villa­mayor, representado por el abogado Raúl Daniel Ramírez González, quien además desde octubre del 2020 es suplente del Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura, y también repre­senta al bufete en el polémico caso Ivesur, encargada de las inspecciones técnicas vehicu­lares de Asunción.

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“Mi postura como director es que libramos a Aduanas de una pérdida de aproximadamente unos US$ 100 millones. Esto lo hemos estudiado muchísimo”, sostuvo el director de Aduanas respecto a las consecuencias jurídicas y pecuniarias que causaría cobrar la multa a la importadora representada por el bufete de Villamayor. Indicó que esta situación se dio a causa de un decreto “mal redactado”, lo que permitió la evasión impositiva. El director aludió al decreto N° 11.833, de abril del 2008, que establece el “régimen de incentivos para fomentar el desarrollo de los biocombustibles en el país”.

“Son vehículos flex aquellos que pueden utilizar indistinta­mente etanol hidratado y gaso­lina o nafta pura o mezcla con el etanol anhidro y una frase muy extraña que dice una combi­nación de ambos en cualquier proporción”, indicó Fernán­dez para argumentar el ingreso irregular de vehículos nafteros en vez de vehículos flex y así eva­dir el pago de impuestos de G. 22.596 millones. El bufete de Villamayor salvó a la empresa de asumir el pago de la multa.

El titular de la DNA indicó que, una vez que tomó conocimiento del caso, estuvo a punto de “con­denar” el pago de la multa, pero desistió luego de revisar deteni­damente la norma y evaluar las consecuencias posteriores. “Si nosotros condenabamos por la cuestión técnica en la Justicia, se iba a juzgar jurídicamente y entonces ahí íbamos a perder. Si perdíamos los demás miem­bros de la Cadam (Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias) tenían la posibi­lidad de reclamar el impuesto mal pagado por un valor de US$ 100 millones”, indicó.

“No teníamos muchas opcio­nes, o los condenábamos y per­deríamos en la Justicia, o bien los sobreseíamos”, indicó Fer­nández. La “evasión imposi­tiva” justificada por el bufete de Villamayor, debido a la ambi­güedad del decreto, impide al Estado paraguayo recibir unos US$ 15 millones en conceptos de aranceles, que rondan entre US$ 1.500 a 1.800 dólares por cada vehículo.

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