Una total carencia de argumentos y una evidente fragilidad quedan evidenciadas en la acusación del juez de Río de Janeiro, Marcelo da Costa Bretas, quien requirió la prisión preventiva del ex presidente de la República Horacio Cartes. El magistrado acusa al ex mandatario de complicidad con el empresario Darío Messer, quien está acusado de lavado de dinero y asociación criminal en el caso conocido como Lava Jato; sin embargo, sus fundamentos son fácilmente refutables, ya que en su mayoría son solo suposiciones y no presenta elementos legales sustentables.
La mencionada orden de prisión se basa en una supuesta ayuda económica que Cartes le habría otorgado al empresario para continuar prófugo de la justicia brasileña. Hablan de un préstamo de US$ 500.000 que Messer supuestamente pidió al ex mandatario para solventar los gastos de su defensa jurídica. Manifiestan que el pedido lo habría hecho llegar a través de una carta. No obstante, ¿cómo se explica que hayan utilizado esta vía de comunicación e involucrado a un tercero para que entregue el manuscrito? Siendo que supuestamente en aquel entonces Messer continuaba viviendo en nuestro país y gozaba de la protección del ex presidente. Además, tampoco presentan pruebas ni elementos que demuestren que se haya concretado la entrega de ese dinero, por lo tanto no se confirma que verdaderamente Cartes haya asistido económicamente al empresario.
El presunto intermediario que habría entregado la carta, según la denuncia, es Roque Fabiano Silvera, quien también habría otorgado refugio a Messer en Paraguay. Por su parte, el ex mandatario desmiente categóricamente cualquier contacto con esta persona.
¿DÓNDE ESTÁ EL DELITO?
Analizando más a fondo el alegato de Da Costa Bretas y suponiendo que Cartes sí otorgó un préstamo a Darío Messer para paliar los gastos de su defensa, este hecho no está tipificado como punible ni en Brasil ni en Paraguay.
Es decir, en el hipotético caso de que Cartes hubiera decidido apoyar al empresario no habría cometido delito alguno, por lo que una vez más los fundamentos del magistrado demuestran inconsistencias. Cuestionamientos como estos hacen que los alegatos del Ministerio Público del vecino país carezcan de credibilidad.
En general, la justicia de los países, por principio, nunca se apoya en meras suposiciones para tomar medidas de esta índole.