Una total carencia de argumentos y una evidente fragili­dad quedan evidenciadas en la acusación del juez de Río de Janeiro, Marcelo da Costa Bretas, quien requirió la pri­sión preventiva del ex presi­dente de la República Horacio Cartes. El magistrado acusa al ex mandatario de complici­dad con el empresario Darío Messer, quien está acusado de lavado de dinero y asociación criminal en el caso conocido como Lava Jato; sin embargo, sus fundamentos son fácil­mente refutables, ya que en su mayoría son solo suposiciones y no presenta elementos legales sustentables.

La mencionada orden de pri­sión se basa en una supuesta ayuda económica que Cartes le habría otorgado al empre­sario para continuar pró­fugo de la justicia brasileña. Hablan de un préstamo de US$ 500.000 que Messer supues­tamente pidió al ex mandata­rio para solventar los gastos de su defensa jurídica. Mani­fiestan que el pedido lo habría hecho llegar a través de una carta. No obstante, ¿cómo se explica que hayan utilizado esta vía de comunicación e involucrado a un tercero para que entregue el manuscrito? Siendo que supuestamente en aquel entonces Messer conti­nuaba viviendo en nuestro país y gozaba de la protección del ex presidente. Además, tam­poco presentan pruebas ni ele­mentos que demuestren que se haya concretado la entrega de ese dinero, por lo tanto no se confirma que verdaderamente Cartes haya asistido económi­camente al empresario.

El presunto intermediario que habría entregado la carta, según la denuncia, es Roque Fabiano Silvera, quien también habría otorgado refugio a Mes­ser en Paraguay. Por su parte, el ex mandatario desmiente categóricamente cualquier contacto con esta persona.

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¿DÓNDE ESTÁ EL DELITO?

Analizando más a fondo el alegato de Da Costa Bretas y suponiendo que Cartes sí otorgó un préstamo a Darío Messer para paliar los gastos de su defensa, este hecho no está tipificado como punible ni en Brasil ni en Paraguay.

Es decir, en el hipotético caso de que Cartes hubiera deci­dido apoyar al empresario no habría cometido delito alguno, por lo que una vez más los fundamentos del magis­trado demuestran inconsis­tencias. Cuestionamientos como estos hacen que los ale­gatos del Ministerio Público del vecino país carezcan de credibilidad.

En general, la justicia de los países, por principio, nunca se apoya en meras suposiciones para tomar medidas de esta índole.

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