- POR JORGE TORRES ROMERO
Un informe de auditoría interna del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país a la Embajada de Francia (2008), que nunca se hizo público, revela un anecdótico caso que casi le costó una demanda al Estado paraguayo, además de un bochorno a nivel internacional, protagonizado por el ex presidente de la República Nicanor Duarte Frutos, hoy director de la Entidad Binacional Yacyretá, y por el entonces ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Rogelio Benítez, futuro embajador paraguayo ante la República del Uruguay.
Nuestro diario accedió al informe final de la Dirección de Auditoría Interna realizado a la Embajada de Francia, elaborado en setiembre del 2008, en el período comprendido desde el ejercicio 2005 al 2008.
En el punto 11 del informe conclusivo se relata el siguiente hecho: La existencia de una deuda con el Gran Hotel Intercontinental de París, Francia, que data de fecha 31 de octubre del 2007, generada por la estadía del entonces presidente de la República, Nicanor Duarte Frutos, y el también entonces ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Rogelio Benítez, que no fuera abonada en su momento por la delegación paraguaya. La deuda asciende a 4.465,50 euros.
A la fecha, la Embajada del Paraguay en Francia ha sido intimada al pago de la deuda mencionada, teniendo en cuenta que, ante infructuosos reclamos realizados, no han obtenido respuesta favorable. Ello surge de la comunicación vía email remitida por el consejero Julio Duarte Van Humbeck, quien ha recibido numerosas llamadas y emails al respecto. Fuente: Verificación in situ. Archivo permanente de la Embajada de Francia. Email y copia de facturas emitidas por el hotel.
En el mismo informe se lee la sugerencia realizada por la auditoría, que fue la siguiente: “Debe informarse al Poder Ejecutivo sobre la existencia de la deuda con el Gran Hotel Intercontinental de París, considerando que las facturas ya se han expedido a nombre de los señores Nicanor Duarte Frutos y Rogelio Benítez, entonces presidente de la República y ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, respectivamente, a los efectos de la cancelación de la deuda. No obstante, la República del Paraguay se ve expuesta a una situación difícil, considerando la posible presentación de una queja ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia y la mala imagen del país ante el hotel de referencia”.
CANCILLERÍA PIDIÓ EL DESEMBOLSO
La segunda sugerencia detallada en el informe fue: “Considerando la urgencia del caso, y a fin de evitar la presentación de una queja en contra del Estado paraguayo, se recomienda al embajador Luis Fernando Ávalos la cancelación de la deuda, hasta tanto sean impresos los trámites para su reembolso, según la disponibilidad presupuestaria del Poder Ejecutivo. Ello responde a lo dispuesto por el artículo 31, inciso A de la Ley Nº 1.335/99 ‘Del Servicio Diplomático y Consular del Paraguay’, en concordancia con los artículos 31 y 32 de la Ley 1.635/2000 ‘Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores’, artículo 33: ‘El jefe de la misión diplomática permanente ostenta la máxima autoridad de la República en el Estado ante el cual se encuentra acreditado…’”.
EMBAJADOR SE OPUSO A SALDAR LA DEUDA
En el documento también se lee el descargo que había realizado al respecto el jefe de misión: “Como lo anuncia este subtítulo, la deuda contraída, que fue debidamente informada en reiteradas ocasiones al Ministerio de Relaciones Exteriores, es del Estado paraguayo y no corresponde a los diplomáticos ni al jefe de la misión cancelarla, ya que se estaría sentando un precedente que no tiene jurisprudencia hasta ahora. Las disposiciones legales mencionadas no deben ser entendidas, a juicio del jefe de la misión, como acordado a este una obligación de sustituir al Estado en lo que se refiere a la cancelación de sus deudas contraídas. Si se aceptase este hecho, podría suponerse con toda validez que otros jefes de misión nacionales deberán hacerse o ya se hicieron cargo de otras deudas, casos que se desconocen hasta ahora.
Para la defensa de los intereses del Paraguay en el extranjero, la dependencia competente es la Procuraduría General de la República, que ha actuado en los diversos casos de diferendos jurídicos en el exterior, siendo el más notorio últimamente el caso Gramont Berres, que incluyen reclamos de Bancos Franceses. En todo caso, la presente reclamación representa un monto difícil de asumir a título personal, salvo que el jefe de misión recibiera por escrito la autorización para proceder al pago de esta deuda, con la garantía de un reembolso rápido para evitar problemas de disponibilidad en su cuenta bancaria”.
El embajador de ese entonces concluyó que “con relación a la deuda con el Hotel Intercontinental, el jefe de misión se pondrá en contacto con la DGAF para conocer las condiciones en que podría realizar el pago de la deuda del Estado y en qué plazo obtendría el reembolso de dicho monto”. Finalmente, la nota de recomendación final de auditoría fue la siguiente: “El jefe de misión debe velar por mantener la buena imagen del país que representa en el exterior y, como máximo representante, deberá realizar todas las gestiones necesarias para informar y subsanar todos los inconvenientes que puedan perjudicar la reputación del país”.