El veto del Ejecutivo a la transferencia de inversiones sociales al Presupuesto General de la Nación (PGN) fue rechazado por 30 votos en contra y 11 a favor, luego de un intenso debate y cuestionamientos hacia las argumentaciones del Gobierno.

El senador colorado Juan Darío Monges argumentó su postura a favor del rechazo del presidente Abdo y sostuvo que “hoy se pretende violentar los tratados”. Además, habló de la contrariedad con la que, según él, actúan sus colegas al desconocer el art. 137 de la Constitución Nacional.

Monges mencionó el articulo para dar cuenta de que a la Constitución le preceden los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados. Luego le siguen las leyes dictadas por el Congreso. Así reafirmó su postura a favor del veto.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

El parlamentario enfatizó que “Itaipú es un organismo internacional privado, dotado de naturaleza empresarial, que surge a partir de un tratado internacional bilateral con participación de capitales brasileños y paraguayos en situación absolutamente igualitaria y equivalente”. Asimismo, reiteró que el tema ya se discutió y que el Supremo Tribunal Federal y el Tribunal de Cuentas sostienen que no integran la administración directa o indirecta de Brasil.

Nota relacionada: Tratado de Itaipú prevalece sobre la legislación brasileña, decide el Supremo Tribunal Federal

Antecedentes

“El Gobierno a Fernando Lugo también ha defendido lo que hoy el Ejecutivo defiende”, expresó Monges respecto a la preminencia del Tratado de Itaipú sobre las disposiciones que pretenden establecer desde el Senado. Añadió que “la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la Ley 1161/97, que buscaba implementar mecanismos propios en la legislación local para el control de sus documentos e información vinculada en el manejo administrativo”.

De acuerdo a Monges, “el principal argumento para declarar inconstitucional a esa ley fue que la misma iba contra los tratados ratificados por el Paraguay, por lo que se concluye que la misma es una violación al artículo 137 de la Constitución Nacional”. También hizo énfasis en que existe un fallo del Tribunal Supremo Federal del Brasil, que sostiene que “es un ente único e indivisible por su condición de binacionalidad y que no integra la administración directa o indirecta de Brasil”.

Indicó, además, que el Tribunal de Cuentas y el Tribunal Superior Federal sostienen la imposibilidad de decisión de las administraciones brasileñas y paraguayas por fines de control. Existen previsiones en el tratado internacional sobre los medios de control interno y el interno de la actuación de la nacionalidad. “No solamente en Paraguay se ha discutido este tema, en Brasil prevalece el respeto a su constitución y a los tratados internacionales”, concluyó.

Te puede interesar: Gastos sociales al PGN: “Para mí no es inconstitucional”

Dejanos tu comentario