La Comisión de Asuntos Constitucionales recomienda al pleno de la Cámara de Diputados las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores sobre el proyecto que que regula el comisionamiento de policías para custodiar locales públicos y autoridades.

Se trata del proyecto “que regula la comisión del personal policial asignado a autoridades nacionales, organismos y entidades del Estado y entidades privadas para cobertura de seguridad”, que en una primera vuelta fue aprobado por Diputados pero modificado en la Cámara de Senadores.

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La versión de la Cámara de Diputados establece que ningún efectivo policial podrá ser comisionado a otras entidades que ya cuentan con un servicio de vigilancia, salvo el Banco Central del Paraguay (BCP), en la versión de Senadores.

La Cámara Alta también suprimió un inciso del artículo 2º en donde se establece que el personal de la Policía Nacional podrá recibir asignaciones complementarias en concepto de gratificaciones, hasta el 30% de su salario básico mensual.

Ambas versiones mantienen que el personal policial afectado para las tareas de comisionado, en ningún caso podrá sobrepasar el 8% del total del cuadro permanente. Igualmente, que la comisión deberá fundarse por resolución de la Comandancia, a petición de los representantes de cualquiera de los tres poderes del Estado.

Por último, se establece que los miembros de las fuerzas del orden no podrán ser sometidos a otras tareas que no sean inherentes a la función de dar cobertura de seguridad personal o de resguardo de las sedes de los organismos y entidades públicas o privadas donde estén asignados.

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