Un Tribunal de Sentencia condenó a un hombre a 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la pena por incumplir con su deber alimentario. No obstante, deberá saldar la suma de Gs. 25.500.000, que le debe a su hijo y tendrá que estar al día con el pago de la asistencia, establecido por el Juzgado de la Niñez para evitar ir a prisión.

encontró culpable a un hombre por el hecho punible de Incumplimiento del Deber Legal Alimentario y lo condenó a 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena. El ahora condenado deberá pagar la suma de G. 25.500.000 que tiene adeudado a su hijo menor y deberá estar al día con el pago de la asistencia establecido por el Juzgado de la Niñez para evitar ir a prisión.

El Juicio Oral y Público se llevó a cabo el jueves 20 de febrero en el Poder Judicial de Ciudad del Este. En la oportunidad, la fiscal Viviana Sánchez ejerció la representación del Ministerio Público y mediante pruebas documentales y testificales demostró la responsabilidad penal del acusado en el ilícito. Tras la valoración de estos elementos probatorios, los jueces Óscar Gabriel Genes, Evangelina Villalba y Lourdes Morínigo, integrantes del Tribunal, dictaron el veredicto.

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Refieren los antecedentes, que el hombre previamente fue condenado al pago mensual de 500 mil guaraníes a favor de su hijo menor, según sentencia definitiva número 66, de fecha 14 de marzo de 2017, del Juzgado de la Niñez. Dicho monto debía ser depositado en una cuenta judicial en el Banco Nacional de Fomento (BNF).

Sin embargo, el sujeto no cumplió la disposición judicial. A raíz de esta situación, su expareja radicó la denuncia en el Ministerio Público por Incumplimiento del Deber Legal Alimentario. La Fiscalía, en prosecución de la investigación, requirió varios informes y al confirmar el incumplimiento alimentario, le inició el proceso penal, que finalmente desembocó en la condena.

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