La falta de precisiones que hoy tienen los con­tribuyentes con rela­ción a la manera de cómo declarar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) fue el motivo por el cual la Subse­cretaría de Estado de Tribu­tación (SET) decidió extender hasta el 31 de agosto la fecha tope del vencimiento de este impuesto, según comentó ayer la titular de la SET, Liz Del Padre, en conferencia de prensa. La postergación fue realizada mediante la Resolu­ción General 134/18 de la SET.

“Existen todavía contribu­yentes que siguen presen­tando declaraciones de ejer­cicios anteriores y también del 2017. Esto genera una serie de preguntas y requerimiento de presiones de parte de los aportantes para adaptarse a la nueva versión del formulario, a las indicaciones de la nueva normativa y de la que estaba anteriormente vigente”, dijo.

En ese sentido, Del Padre mencionó que con las pos­tergaciones del vencimiento del IRP realizadas este año, la Administración Tributa­ria tiene por propósito que los contribuyentes puedan cum­plir con sus obligaciones de manera más segura y confia­ble, en el sentido de tener la certeza que lo están haciendo de manera correcta.

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“Saben que tenemos en este período una transición entre lo que era la normativa ante­rior prevista en el decreto del 2012 y la normativa emi­tida a finales del 2016, que rige para el 2017”, insistió la Subsecretaría. De acuerdo al último informe proveído por la SET la semana pasada, solo el 50% de todos los contribu­yentes del IRP inscritos por la Administración Tributaria al cierre del 2017 presentaron sus declaraciones juradas. Es decir, de los 63.070 aportantes alcanzados por este tributo al término del año pasado, solo 31.266 declararon ante la Sub­secretaría. El resto, 31.804, aún no lo hicieron.

A través de esta cantidad de declaraciones, la Subsecre­taría de Estado de Tributa­ción (SET) logró recaudar un total de G. 84.288 millones desde enero hasta la semana pasada, según el informe. El monto ingresado a las arcas del Estado a través del IRP representa solo el 1% del total recaudado por la Adminis­tración Tributaria durante el período estudiado, que asciende a G. 8,2 billones.

ALCANCE PARA EL EJERCICIO 2018

El IRP entró en vigencia el 1 de agosto del 2012, alcanzando a todas aquellas personas con un ingreso anual igual o mayor a 120 salarios mínimos, es decir G. 198.984.000. Este año, este tributo alcanza a todos aquellos contribuyentes con un ingreso anual de G. 97.973.904, equivalentes a 48 salarios mínimos.

Una vez supe­rado el rango incidido, la persona física se convierte en contri­buyente del IRP de manera automática y deberá solicitar su ins­cripción como tal o actualizar sus datos a través de la página web www.set.gov.py en el plazo de 30 días hábiles. Los ingresos que se tienen en cuenta para pagar este impuesto son los salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales.

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