La falta de precisiones que hoy tienen los contribuyentes con relación a la manera de cómo declarar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) fue el motivo por el cual la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) decidió extender hasta el 31 de agosto la fecha tope del vencimiento de este impuesto, según comentó ayer la titular de la SET, Liz Del Padre, en conferencia de prensa. La postergación fue realizada mediante la Resolución General 134/18 de la SET.
“Existen todavía contribuyentes que siguen presentando declaraciones de ejercicios anteriores y también del 2017. Esto genera una serie de preguntas y requerimiento de presiones de parte de los aportantes para adaptarse a la nueva versión del formulario, a las indicaciones de la nueva normativa y de la que estaba anteriormente vigente”, dijo.
En ese sentido, Del Padre mencionó que con las postergaciones del vencimiento del IRP realizadas este año, la Administración Tributaria tiene por propósito que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de manera más segura y confiable, en el sentido de tener la certeza que lo están haciendo de manera correcta.
“Saben que tenemos en este período una transición entre lo que era la normativa anterior prevista en el decreto del 2012 y la normativa emitida a finales del 2016, que rige para el 2017”, insistió la Subsecretaría. De acuerdo al último informe proveído por la SET la semana pasada, solo el 50% de todos los contribuyentes del IRP inscritos por la Administración Tributaria al cierre del 2017 presentaron sus declaraciones juradas. Es decir, de los 63.070 aportantes alcanzados por este tributo al término del año pasado, solo 31.266 declararon ante la Subsecretaría. El resto, 31.804, aún no lo hicieron.
A través de esta cantidad de declaraciones, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) logró recaudar un total de G. 84.288 millones desde enero hasta la semana pasada, según el informe. El monto ingresado a las arcas del Estado a través del IRP representa solo el 1% del total recaudado por la Administración Tributaria durante el período estudiado, que asciende a G. 8,2 billones.
ALCANCE PARA EL EJERCICIO 2018
El IRP entró en vigencia el 1 de agosto del 2012, alcanzando a todas aquellas personas con un ingreso anual igual o mayor a 120 salarios mínimos, es decir G. 198.984.000. Este año, este tributo alcanza a todos aquellos contribuyentes con un ingreso anual de G. 97.973.904, equivalentes a 48 salarios mínimos.
Una vez superado el rango incidido, la persona física se convierte en contribuyente del IRP de manera automática y deberá solicitar su inscripción como tal o actualizar sus datos a través de la página web www.set.gov.py en el plazo de 30 días hábiles. Los ingresos que se tienen en cuenta para pagar este impuesto son los salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales.