El Tribunal de Cuentas primera Sala, dictó el pasado 29 de diciembre del 2025, el acuerdo y sentencia No. 527, rechazando la acción administrativa promovida por Frigomerc S.A. contra la Resolución N° 18/2020 dictada por la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom), en el marco de la Ley N° 4956/13 de Defensa de la Competencia.
En comunicación con La Nación/Nación Media, el asesor legal de la Asociación Rural del Paraguay, abogado Carlos Miguel Goiburú Vera, quien intervino como terceros coadyuvantes en el juicio iniciado por la empresa Frigomerc S.A. contra la resolución 18/2020, dictada por la Conacom, destacó que este Acuerdo y Sentencia 527 confirma que el mercado de la carne no es plenamente competitivo, y que existe un grupo con fuerte posición dominante, reconocido en lo administrativo y judicial.
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Aclaró que esta no es una simple opinión gremial, sino que es un hecho jurídico confirmado por el Tribunal de Cuentas, saliendo a favor de miles de productores de carne que venden al precio que marcan los frigoríficos, pero pocos compran, lo que lleva a una asimetría y es la razón del problema.
Explicó que durante este juicio la Comisión Directiva Central de la ARP, resolvió intervenir como terceros coadyuvantes y por su importancia apoyó la legalidad de la resolución de Conacom que había resuelto denegar la autorización de operación, que involucraba una concentración económica entre la empresa Frigomerc S.A. y Frigonorte S.A. “La ARP le acompañó y apoyó la resolución de Conacom en todo el proceso de hace cinco años”, precisó.
Explicó que la Conacom, durante su Investigación concluyo que Frigomerc S.A., y/o el grupo Athenas Foods, detenta una posición dominante en el mercado de compra de ganado para faena, que en conjunto con otros frigoríficos afines, alcanzan una participación superior al 42 % que, sumado al Frigorífico Concepción, otro grupo de frigoríficos brasileños, superan el 70 % del mercado relevante.
“Esta sentencia del Tribunal de Cuentas, constituye un hito relevante para nosotros, en la aplicación del derecho de la competencia en el Paraguay. Consolida la autoridad técnica de la Conacom, reconoce judicialmente la existencia de una posición dominante en el mercado frigorífico y abre la puerta a futuras acciones administrativas y gremiales destinadas a proteger el libre mercado y los derechos económicos de los productores ganaderos", precisó.
Confirma el oligopsonio
Indicó que la concentración del mercado en unas pocas grandes empresas, en términos jurídicos podría ser muy grave, en relación al derecho a la competencia, porque no se trata de una sola empresa eficiente, grande, sino de una estructura de mercado altamente concentrada con capacidad de influir en los precios de la carne.
“Para el mercado local, significa básicamente que quedó comprobado que existe un oligopsonio, el cual está previsto, aunque la ley no utiliza esa palabra ni tampoco utiliza el fallo; pero convalida el concepto económico jurídico del oligopsonio”, explicó.
Agregó que eso es para el mercado, que existen pocos compradores y los mayores compradores son los dos, el grupo de frigoríficos brasileños y muchos vendedores que son los productores ganaderos. “Lo cual, constituye el problema del mercado ganadero paraguayo, que concede cierto poder a estos frigoríficos que determina los precios”, explicó.
Finalmente, resaltó que en este proceso, además, de la ARP y otros gremios de la producción, intervino la Procuraduría General de la Nación, que dio un fuerte apoyo a esta posición, a esta investigación y a esta resolución de Conacom.
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