El juez de la Niñez y la Adolescencia, Guillermo Trovato, hizo lugar al amparo constitucional promovido por los periodistas Rubén Penayo y Beatriz Pompa contra la Itaipú Binacional y emplaza al ente binacional por el término de 10 días hábiles a proveer la información sobre el orden del día desarrollado en todas las reuniones ordinarias y extraordinarias a partir del 18 de agosto del 2018 y sus respectivos resultados.

En comunicación con PDS radio y TV Digital, el juez Guillermo Trovato dijo que la sentencia está argumentada en la Ley 5282/2014 “De libre acceso a la información”, que también afecta a las entidades binacionales. Agregó: “El juzgado también tuvo en cuenta que la Itaipú Binacional no accionó con una inconstitucionalidad esa ley, a siete años de su promulgación. También se consideró que los amparistas pidieron tres informes y la entidad respondió uno, sin ningún inconveniente. Con esos argumentos se hizo lugar al amparo”, dijo Trovato.

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Sobre la consulta constitucional solicitada por Itaipú al juez, que recurra a la Corte Suprema de Justicia, el magistrado manifestó que eso no es imperante y que es una facultad del juez pedir, si fuera necesario, “En este caso no fue necesario hacer uso de eso que otorga el Código de Procedimiento Civil”, señaló.

Los periodistas Rubén Penayo y Beatriz Pompa presentaron un amparo contra la Itaipú Binacional donde pretendían acceder a información pública. Ante la negativa de la binacional, los comunicadores no tuvieron otra opción más que recurrir a la justicia para poder obtener la información.

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