• Por Fernando Filártiga
  • Abogado

¿La noticia? Días atrás, el Banco Central del Paraguay (BCP) y la Comisión Nacional de Valores (CNV) firmaron un convenio para iniciar la desmaterialización de los certificados de depósito de ahorro (CDAs). Su destaque mediático fue mínimo, pero la noticia marca un hito en el desarrollo bursátil. Como sucede con los bancos, el avance del mercado de valores depende de nuevas tecnologías y la desmaterialización traslada a los títulos negociados en bolsa, en este caso CDAs, desde el antiguo mundo del papel al electrónico y tecnológico del siglo XXI.

Desmaterializar un título significa suplirlo por una anotación electrónica que lo represente, a partir de la cual se pueden concretar todas las operaciones bursátiles que antes requerían la presencia física del título. El cambio renovará el atractivo de los CDAs, al permitir transarlos en forma segura, eficiente, en línea y tiempo real en los mercados primario y secundario.

Antecedentes. En Paraguay, tenemos la Bolsa de Valores y Productos de Asunción (BVPASA), activa recién desde los años 90. Según su portal web (www.bvpasa.com.py), en el 2010 la BVPASA instauró el sistema de negociación electrónica, el cual introdujo la desmaterialización gradual mediante bonos virtuales generados por la bolsa a partir de un solo título global que la empresa emisora le entrega en custodia. Este salto tecnológico dinamizó el mercado.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

No obstante, la ola innovadora dejó marginados a instrumentos de los más tradicionales y arraigados en nuestro medio, como las acciones societarias y los CDAs, cuya transacción hasta hoy requiere de los cartones físicos. Nadie se beneficia de este anacronismo y el último balance de gestión de la CNV, remitido al Ministerio de Hacienda mediante nota CNV/ADM 070/2018 (07/02/18), identificó la desmaterialización de tales títulos como desafío puntual.

Única vía. Efectivamente, los títulos virtuales son el curso inevitable, por lo menos si se desea promover el mercado. Los cartones físicos han caído en desuso y su subsistencia en nuestro medio, si bien parcial, además de desacelerar las transacciones, desalienta la inversión, especialmente la extranjera. De hecho, Paraguay no habría podido consolidarse como prestatario soberano en los mercados internacionales, de no haber previsto la ley 5.097/13 que los títulos de deuda del tesoro público fueran digitales (Arts. 14/5).

De allí que la firma del convenio entre el BCP y la CNV sea una noticia relevante. Sin saber aun las modalidades específicas que adoptará el reemplazo de los CDAs físicos por anotaciones virtuales, el hecho que ambos reguladores se encaminen a concretarlo es motivo de satisfacción.

A su turno, la nueva ley del mercado de valores (Ley 5.810/17), al prever las acciones escriturales de las sociedades de capital abierto y facultar a las bolsas, entre otros, como agentes de custodia, abre el camino para reglamentar mecanismos de transacción totalmente electrónicos para las acciones ahora desmaterializables.

Vamos por buen camino y llega el momento de acelerar la marcha. La profundización del mercado de valores es a la vez un síntoma y un aliciente del desarrollo del país, que lo necesita como motor de financiamiento alterno y complementario al sistema bancario.

Dejanos tu comentario